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Servicio de terraza, cubiertos, agua...

Servicio de terraza, cubiertos, agua...

¿Qué extras pueden cobrar los bares y restaurantes?

Jueves, 18 de junio 2020

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Hace unos días se hizo viral en las redes sociales una factura de un restaurante de Tenerife en la que el establecimiento había añadido un euro al precio final de una consumición –cuatro cañas dobles– por «servicio Covid». Es decir, trasladaron al cliente una parte de los gastos que les supone la desinfección diaria del mobiliario de su negocio. La imagen del recibo con el euro del suplemento bien subrayado en amarillo fluorescente corrió como la pólvora por todos los medios digitales. Los comentarios se dividían entre los que directamente lo consideraban una práctica abusiva e incluso ilegal –la mayoría, incluida la organización Facua-Consumidores en Acción– y quienes de algún modo lo justificaban como una fórmula más o menos aceptable de compensar los gastos añadidos de limpieza.

El debate generado por la llamada 'tasa Covid' está de plena actualidad, pero el cobro de extras en bares y restaurantes no es una práctica desconocida en el mundo de la hostelería. Al contrario. Son muchos los establecimientos –sobre todo en las zonas de veraneo– que suman un plus en la factura por conceptos como servicio de terraza, de cubiertos o incluso de pan y agua... «No existe un lista negra oficial en la que se indique expresamente qué se puede cobrar y qué no, pero sí hay una serie de requisitos que los establecimientos deben cumplir para poder añadir ese pico extra a la factura sin que pueda calificarse de práctica ilegal o abusiva», explica la portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Ileana Izverniceanu.

La normativa que regula el cobro de este tipo de servicios adicionales –el artículo 60 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios– deja muy claro que el cliente debe ser informado previamente del sobrecoste y además se debe solicitar su consentimiento expreso. Izverniceanu pone el ejemplo de un caso muy frecuente. Va paseando por la calle y decide sentarse en una terraza a tomar un café. Sobre la mesa solo hay un servilletero y un cenicero, pero ni rastro de un lista de precios por ninguna parte. No tienen. El camarero toma nota y le trae su consumición. Cuando pide la cuenta se encuentra con que además del euro y medio del café también le cobran 50 céntimos por el servicio de terraza. ¿Tendría derecho a reclamar? «En este caso concreto sí porque en ningún momento el camarero le informó sobre el suplemento ni tampoco disponía de una lista de precios o un cartel donde se le advirtiese. Ahora bien, si el establecimiento hubiese tenido una carta donde se especificase el cobro de esta tasa entonces sí que tendría que abonarla. Por eso siempre recomedamos a los consumidores consultar la lista de precios antes de pedir nada», señala la portavoz de la OCU.

Subir los precios

En este tipo de casos otra cuestión muy importante al margen de la legalidad del cobro de un extra es el concepto de práctica abusiva, puesto que el precio del servicio adicional debe ser «ajustado» y «repartido de forma proporcional» entre quien lo ofrece y quien lo disfruta. «Un restaurante, por ejemplo, puede subir los precios de la carta cuando entienda necesario, pero lo que no puede hacer es cobrar tres euros a cada comensal por el servicio de cubiertos porque en este caso estaría trasladando al cliente sus obligaciones como empresario y sería desproporcionado. Como tampoco podría añadir un euro y medio a la factura por servir una caña en una terraza. El objeto de su negocio y por el que además tributa está en vender cervezas no en ganar dinero por despacharlas en una terraza», precisa Ileana Izverniceanu.

No obstante, la OCU entiende que en las circunstancias actuales «sería lícito» que tanto bares como restaurantes pudiesen exigir un consumo mínimo a los clientes para poder sentarse en una terraza o incluso se estableciese un tiempo máximo de estancia, «siempre, eso sí, que los consumidores hayan sido informados previamente».

«Tuve que pagar una cesta de pan que ni pedí ni siquiera probé»

Aunque suene a perogrullada, otra cosa que tampoco se puede hacer es cobrar por un servicio que no se presta o que el cliente no demanda. En algunos restaurantes es habitual que se añadan en la cuenta extras como el pan o el agua sin que el cliente los solicite, una práctica cada vez más frecuente y que incomoda mucho a los consumidores. Seguro que le ha pasado alguna vez que antes de pedir la comida, el camarero le sirve una cestita de pan y una jarra de agua que en apariencia parece una cortesía de la casa pero que en ocasiones se traduce en un extra de dos euros en la factura aunque no los haya ni tocado. «Es una situación que cabrea mucho a los clientes, no tanto por el dinero como por la sensación de estafa. Los hosteleros tienen todo el derecho del mundo a subir los precios de los productos, pero lo que no pueden hacer es incluir en la factura un servicio adicional no solicitado o cuyo precio es desproporcionado», resume la portavoz de la OCU.

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