Borrar
Felip Ariza
Se me ha estropeado la televisión, ¿me la arreglan o me la cambian?

Se me ha estropeado la televisión, ¿me la arreglan o me la cambian?

Así es la nueva ley que amplía los plazos de garantía de nuestras compras

Sábado, 19 de marzo 2022, 18:46

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Lourdes García y su marido empezaron la reforma de su casa el pasado mes de noviembre. Suelo, ventanas, derribo de paredes, cocina, baños, dormitorios, pero también electrodomésticos nuevos, toda clase de aparatos electrónicos, muebles... Una 'lista de la compra' interminable con la que ya han tenido algún que otro percance, y eso que todavía no se han mudado: desde retrasos en la entrega a productos defectuosos e, incluso, algunos que directamente no se correspondían con lo que habían encargado, como les ocurrió con un sofá a medida para el salón.

«Empezamos a comprar cosas antes de iniciar la reforma con la idea de aprovechar las ofertas de algunas tiendas en cosas que nos interesaban, como la mesa y las sillas del comedor, la televisión, una aspiradora a la que le teníamos muchas ganas y se quedaba muy bien de precio, una cafetera, los colchones de los niños... Nos adelantamos porque también nos advirtieron de que podía haber problemas de suministro», explican. Lo que desconocía en ese momento este matrimonio cántabro es que si hubiesen esperado un poco más para hacer parte de las compras de su casa nueva, todos los artículos tendrían un año más de garantía. Concretamente, tres.

Y esto es así por la incorporación desde el pasado 1 de enero de dos nuevas directivas europeas a la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios, que no solo amplían el plazo de garantía en la compraventa de bienes nuevos de 2 a 3 años, sino que también «incrementan de 5 a 10 años el tiempo mínimo que los fabricantes están obligados a disponer de piezas de repuesto desde que el producto deja de fabricarse, entre otras novedades », precisan en el Ministerio de Consumo.

El objetivo de esta reforma va más allá de impulsar patrones de consumo más sostenibles. «Se trata de favorecer la fabricación de productos más duraderos, combatir la obsolescencia programada –acortar la vida útil de los aparatos por diferentes cauces– y recuperar el llamado derecho a reparar. Es decir, que la opción de arreglar un producto en lugar de comprar otro nuevo nos resulte más sencilla», aclara la abogada Isabel Alsina, experta en Derecho de Consumo.

Pongamos como ejemplo las compras realizadas por Lourdes y su marido en los últimos meses para aclarar las principales dudas sobre esta reforma y cómo afecta a los consumidores con varios casos prácticos. Así ha cambiado la normativa.

Duración de la garantía

Pasa de 2 a 3 años y empieza a contar desde la entrega del producto

Por ejemplo, la aspiradora a la que tantas ganas tenía el matrimonio mantiene la garantía de un par de años, puesto que la compraron antes de la entrada en vigor de la nueva normativa (1 de enero de 2022). Lo mismo les ha pasado con la mesa del comedor, la televisión, la cafetera y los colchones. «Es decir, las averías de estos bienes que compraron en 2021 estarán cubiertas durante los dos siguientes años a la fecha de entrega que figura en el contrato», precisan en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

¿Y si, apurando, el matrimonio hubiese hecho las compras en la última quincena del año pasado? «El plazo de la garantía sería exactamente el mismo: 2 años. Otra cosa es que hubiesen comprado un lavavajillas a mediados de diciembre, por ejemplo, y se lo entregasen en enero. En ese caso, sí que se aplicaría la normativa actual de 3 años porque la garantía empieza a contar desde el momento en el que se entrega el bien. Tenemos que tener presente que durante un largo periodo de tiempo van a convivir los dos sistemas de garantías», apunta Alsina.

En el caso de los productos de segunda mano –siempre que no sea entre particulares– «se puede acordar con el establecimiento un plazo de garantía menor a los 3 años, aunque en ningún caso puede ser inferior al año», insisten en la OCU.

Falta de conformidad

Más facilidades para reparar y derecho a suspender el pago

Otra de las novedades afecta a los derechos que asisten a los consumidores cuando el producto presenta defectos o no se ajusta a lo contratado. Es lo que técnicamente se llama falta de conformidad. Explican en la OCU que «hasta ahora, cuando un bien presentaba un fallo –una televisión que se estropea, un pequeño golpe en un electrodoméstico o un sofá con una tapicería diferente a la encargada, por ejemplo– podíamos optar en primer lugar por repararlo o sustituirlo por otro nuevo. Y si ni por esas se solucionaba el problema, se podía exigir la rebaja del precio del producto o bien la resolución del contrato. Pero la nueva ley contempla, además, el derecho del consumidor a suspender el pago del dinero que todavía quede pendiente si el vendedor no cumple con sus obligaciones».

Se trata de un «cambio relevante» porque afecta, sobre todo, a bienes que se pagan a plazos por ser muy caros y que «sus continuos fallos causan un gran perjuicio al consumidor. Un ejemplo clásico es el de un coche que debe acudir reiteradamente al taller por un problema que se repite de continuo y no se termina de solucionar», exponen en la OCU.

De todas formas, los expertos en Consumo se muestran un tanto escépticos con esta novedad. «Todavía hay que ver en qué se se concreta este derecho, la forma de ejercerlo y compatibilizarlo cuando exista un tercero –una financiera, por ejemplo–, así como la lectura que le dan los tribunales puesto que, a falta de un reglamento detallado, tendrán que ser ellos los que interpreten en qué condiciones se pueden suspender los pagos».

A Lourdes y su marido les pasó con el sofá a medida que habían encargado para la sala. Les costó 2.300 euros y acordaron pagarlo en seis meses. El fabricante se equivocó con la tapicería, pero en su caso no les puso ningún impedimento para cambiárselo. «Es más, como este error retrasó un mes la entrega del sofá, nos regalaron un 'puff' a juego por las molestias», recuerdan.

Más novedades. Hasta la entrada en vigor de la nueva normativa, el consumidor contaba con un plazo de seis meses desde el momento de la compra del bien durante el cual se presuponía que, si aparecía un defecto en el producto, era porque ya existía con anterioridad a la venta (un móvil al que le falla la pantalla, una tostadora que se encasquilla, un bolso al que se le rompe un asa...). Pasado ese medio año, el comprador tenía que demostrar que el defecto ya existía de antes y que no se debía a su uso, «lo que en la práctica suponía que, muchas veces, el consumidor renunciase a reclamar lo que le correspondía», admite Isabel Alsina. Pues bien, ahora ese plazo de presunción se amplía a 2 años y es el vendedor quien, en caso de desacuerdo, tiene que demostrar que el fallo que se reclama se debe a un mal uso por parte del comprador.

Si lo que nos ocurre es que se nos ha estropeado el frigorífico y necesitamos arreglarlo, «el consumidor debe saber que la reparación también tiene garantía y que se ha ampliado el plazo de seis meses a un año», detallan en la OCU.

La OCU aconseja...

  • Cuando compres un producto, repasa los documentos de garantía Aunque no se hayan incluido (solo es obligatorio incluir las garantías comerciales que amplíen la garantía legal), se aplica la ley.

  • A veces, los establecimientos ofrecen unas garantías comerciales que solo pueden mejorar la obligada por ley, pero nunca sustituirla.

  • Conserva el justificante de la compra ,o sea, el tique, la factura o el albarán de entrega. Son muy importantes pues constituyen la prueba de la compra y la fecha de la entrega del producto marca el inicio de la garantía.

  • Acude primero al vendedor Si el establecimiento de venta ha cerrado, dirígete al fabricante o al productor del bien, cuyas obligaciones se limitan a reparar o sustituir el producto.

  • La ley obliga a entregar un justificante del depósito del producto en garantía Es decir, que cuando lo dejes para que lo examinen, lo arreglen... te deben dar un resguardo.

  • En la medida de lo posible, compra en establecimientos que permitan la devolución del producto aunque solo sea por un periodo corto posterior a la compra (14 días por fuerza si la compra es 'online'; un mes, dos... en muchos establecimientos que toleran las devoluciones voluntariamente).

  • En el caso de aparatos electrónicos que frecuentemente tratan de limitar el plazo de garantía respecto a lo que marca la ley, solicita la reparación o la sustitución y, si no se realiza, denúncialo en las hojas de reclamación.

Servicio postventa

Obligación de tener piezas de repuesto durante 10 años

La modificación de la Ley de Consumidores también incluye una ampliación muy notable del plazo de mantenimiento de los servicios postventa para promover la reparación frente a la compra. «Ahora si a un consumidor se le estropea el aire acondicionado, el fabricante debe disponer de piezas de repuesto durante un mínimo de 10 años desde que el bien deje de fabricarse, no desde la compra», señala Isabel Alsina.

¿A quién se reclama?

Al vendedor y, si no se puede porque la tienda ha cerrado,al fabricante

Es la pregunta del millón. ¿A quién reclamo cuando se me estropea la televisión, la tostadora o el móvil? La abogada experta en Consumo lo aclara: «El responsable de la garantía legal de un bien siempre es el vendedor. En caso de que nos resulte imposible porque el comercio ha cerrado, entonces se puede reclamar directamente al fabricante».

¿Por qué compramos una lavadora nueva en lugar de arreglarla?

Señalan los expertos que el principal motivo por el que no arreglamos los aparatos domésticos no es tanto por falta de piezas, como por el precio de las reparaciones . «El problema es que la mano de obra es cara porque compramos el electrodoméstico a precio de coste de China y lo arreglamos a precio de coste de aquí. Se debería obligar a que la reparación no superase el 20% del valor del producto nuevo», señalan en la Fundación Energía e Innovación Sostenible Sin Obsolescencia Programada (Feniss). Un estudio de la OCU revela que casi la mitad de los consumidores a los que se les estropeó la lavadora en los últimos 5 años decidió comprar una nueva porque el arreglo no les compensaba económicamente.

Publicidad

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios