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Meilán: «Es una victoria que demostró que el cese fue arbitrario»

Meilán: «Es una victoria que demostró que el cese fue arbitrario»

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado el recurso interpuesto por la médico forense María José Meilán contra la orden del consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, que el 13 de abril de 2018 acordó su cese como directora del Instituto de Medicina Legal de Las Palmas (IML). Un fallo que Meilán calificó como «una victoria que ha demostrado que el cese fue arbitrario».

Jueves, 1 de enero 1970

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«Estoy satisfecha», añadió, «porque se ha demostrado que mi cese se basó en un informe de riesgos que no era tal, provisional, y no podía ser usado jamás para echar a nadie sino para tomar medidas si algo no funcionaba. Decía que del mismo había que derivar otros estudios. Pues el director general basó su decisión de cesarme en unas conclusiones provisionales mientras la comisión seguía trabajando y, por ejemplo, me llamó a declarar mucho tiempo después de haberme apartado. No se pidió opinión ni a mi ni a Eva Bajo –subdirectora del IML– y, sin darme traslado y sin oportunidad de defenderme, me cesaron», explicó.

A corto plazo, Meilán tiene pensado «reincorporarme, aunque otra cosa es que la Administración recurra el fallo, pero de ser así, puedo pedir medidas provisionales como mi incorporación al cargo hasta que haya firmeza», adelantó.

Diez meses después de que fuera cesada, a Meilán le pide el cuerpo «hacer cosas que no voy a hacer así que ya da igual todo. Tengo que entender que lo que yo pedí fue admitido por el juez y por eso estoy satisfecha. Aclara que, «después de que me fui, se creó un comité de huelga que pidió unas cosas que yo reclamé cuando era directora y a mí me las negaron. Los problemas del IML son derivados de que la Administración ha denegado derechos que les corresponden a los trabajadores. La Dirección General ha negado, por ejemplo, las guardias de 24 horas equiparadas de médicos, auxiliares de autopsia y funcionarios. Para la Administración, todo es cuestión de dinero. Iban a solucionar los problemas cuando me cesaron, pero no ha sido así», denunció.

Por último y preguntada sobre si espera alguna reacción por parte del director general Cesáreo Rodríguez, dijo que «me gustaría, desde luego, una llamada suya. No lo espero, solo que hable conmigo y retomemos la relación laboral», sostuvo la médico forense.

Recurrirán.

Por su parte, Cesáreo Rodríguez, director general de Relaciones con la Administración de Justicia, manifestó que «tenemos que estudiar en profundidad la sentencia y ver la valoración de nuestros servicios jurídicos. En principio, la idea que tenemos es recurrir el fallo dentro del respeto que merece dicha resolución», detalló.

Condena a la Administración a pagarle.

La sentencia que estima el recurso de María José Meilán en contra de su cese como directora del Instituto de Medicina Legal de Las Palmas, anula el orden que la apartó del puesto por su falta de motivación, y ordena que la facultativa será restituida en el mismo. Así mismo, condena a la Administración a abonarle las diferencias salariales dejadas de percibir con ocasión del cese, más los intereses legales.

El fallo apunta que la facultativa fue cesada en el puesto tomando como base únicamente un informe de una empresa de prevención de riesgos laborales que, asevera, «mal puede quedar incorporada como motivación del acto administrativo objeto del recurso». «Los motivos del cese», expone el fallo, «más allá de la rituaria y huera fórmula de la pérdida de confianza incorporada al texto de la orden recurrida, resultaron por completo ignotos para la afectada, generándole ello una indefensión que vicia de nulidad absoluta la orden recurrida».

Hay que recordar que este informe detectó en una elevada cantidad de trabajo en el IML, que provocaba estrés, tensión y conflictos entre los empleados, además de la falta de equidad en la distribución de las tareas y el sistema establecido de duración de las guardias y del tiempo posterior de descanso. Aludía además a «formas de comunicación muy poco adecuadas con faltas de respeto que generan conflictos y redundan en la eficiencia del servicio y bajas laborales por trastornos afectivos. Se refiere también a un trato hostil, amenazante y de hostigamiento psicológico por parte de la dirección a los médicos».

La sentencia es susceptible de recurso ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

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