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El conductor fúnebre, homicida imprudente

El conductor fúnebre, homicida imprudente

La magistrada María Gabriela Ramos ha condenado a José Ignacio Santana con la pena de tres años, cinco meses y 15 días de cárcel, la retirada del carnet de conducir durante cuatro años y el pago de un total de 247.200 euros en concepto de indemnizaciones, por haber acabado con la vida de Elisa Ruano.

Jueves, 1 de enero 1970

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El encausado, según el fallo, la atropelló mientras conducía el coche fúnebre de la empresa en la que trabaja por la carretera de Las Perreras. La titular de Juzgado de lo Penal nº1 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado total y absoluta credibilidad a la tesis expuesta por la fiscal Cecilia Acebal y el abogado de la acusación particular, Vicente Rivero, declarando culpable al acusado de los delitos de homicidio imprudente y de omisión del deber de socorro en grado de tentativa.

La sentencia considera probado que el acusado, de 48 años, sobre la 2.00 horas del 2 de octubre de 2.016, prestando servicios como empleado de una empresa funeraria, circulaba por la carretera GC-340 sentido Las Torres conduciendo la furgoneta de traslado de fallecidos propiedad de entidad. Lo hacía, sostiene el fallo judicial, «sin prestar la atención debida y sin adecuar la velocidad a las circunstancias del tráfico, teniendo en cuenta que se trata de una carretera estrecha y sinuosa por la que es frecuente que transiten peatones, lo que provocó que no se apercibiera de la presencia en el lado derecho de la carretera de Doña Elisa Ruano Herrera», detalla, a la que «embistió por la espalda con la parte delantera derecha del vehículo, lanzándola contra el arcén donde se golpeó violentamente en la cabeza».

La mujer, de 67 años, a consecuencia del impacto, sufrió «un traumatismo craneoencefálico, fracturas múltiples en la columna dorsal, rotura hepática y esplénica, lesiones que provocaron un shock traumático que causó su muerte de forma inmediata».

A pesar del atropello, «el encausado continuó circulando, sin comprobar el estado en que se encontraba la víctima, hasta las oficinas de la empresa», detalla la magistrada, donde aparcó el vehículo y se fue a dormir sin comunicar a nadie lo sucedido, ni esa noche ni al día siguiente, a pesar de que el coche fúnebre estaba dañado y tenía restos biológicos de la fallecida en la carrocería.

José Ignacio Santana deberá de indemnizar, con la responsabilidad civil de la aseguradora y subsidiaria de la funeraria, a la hija de la fallecida, con 20.400 euros, a los dos hijos que vivían con ella con 50.400 a cada uno, a cada uno de sus ocho hermanos con 15.400 y, finalmente, al yerno de la fallecida con 2.800 euros correspondiente a los gastos del funeral que pagó en su momento.

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