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Absuelven a un dentista denunciado por mala praxis

Absuelven a un dentista denunciado por mala praxis

La juez no considera acreditado que el tratamiento que realizó a una mujer en Arucas fuese incompatible con una periodontitis que sufría, puesto que la misma no estaba en «fase activa»

Martes, 21 de julio 2020, 21:10

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Un dentista acusado de lesiones por imprudencia grave ha quedado absuelto por el Juzgado de lo Penal nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria. Su magistrada titular, Ivana Muiños, ha considerado que, después de la prueba practicada, no resultaron acreditados los hechos que se le imputaban al odontólogo tras la denuncia realizada por una clienta.

La misma alegaba en el juicio que el dentista le había realizado un tratamiento de ortodoncia a pesar de que estaba aquejada de una periodontitis de importancia, lo que derivó en dolores y problemas en las encías que tardaron 1.411 días en curarse, según la denunciante. Por estos hechos, la fiscal interesó la imposición de una pena de seis meses de prisión por un delito de imprudencia del profesional y el pago en concepto de indemnización a la paciente de 84.000 euros.

Pero en el fallo, la magistrada dictó una sentencia absolutoria puesto que estimó que no resultaron acreditados los presupuestos necesarios del delito de lesiones. De esta manera, Ivana Muiños no consideró probado que las radiografías periapicales y el sondaje periodontal que la denunciante reclamó que no le hicieron, fueran imprescindibles para determinar si la paciente presentaba o no un estado periodontal activo previo al tratamiento de ortodoncia.

Tampoco estimó acreditado que el tratamiento de ortodoncia realizado por el encausado, hubiese sido la causa de que la perjudicada sufriera movilidad dental, sangrados constantes, dolor y empeoramiento de la enfermedad periodontal de la paciente, como así quiso demostrar su defensa en la prueba.

Por último, su señoría en el fallo consideró que no se acreditó en el juicio que la afectada requiriese para su curación, además de una primera asistencia facultativa, un tratamiento dental rehabilitador que duró un total de 1.411 días que no incapacitó a la clienta de la clínica dental para el ejercicio de sus ocupaciones habituales ni le dejaron secuelas.

Este tratamiento de ortodoncia sufragado por la denunciante le costó 2.900 euros, de los que abonó 2.700. Por su parte, el importe del tratamiento rehabilitador posterior ascendió a la cantidad de 1.517 euros.

Por todos estos hechos, la resolución consideró que no se pudo acreditar en la práctica de la prueba que el resultado lesivo del tratamiento hubiese sido causado por el dentista y dio credibilidad al testimonio del denunciado. El mismo afirmó que, al percatarse de que la paciente había sufrido periodontitis al apreciar pérdida de masa ósea, dicha enfermedad no se encontraba en fase activa en el momento de la exploración. Que no había ni sangrado ni tumoración y que se bastó de un sondaje liviano con un espejo para determinar la compatibilidad del tratamiento con esta afección.

Sin una relación causa-efecto clara

La magistrada dio credibilidad a los odontólogos que declararon y que indicaron que no podían pronunciarse respecto a si se produjo una relación causa-efecto entre la colocación de la ortodoncia a la denunciante y la agravación de su enfermedad periodontal, pues todos desconocían su estado antes de la primera consulta.

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