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Inalsa debe pagar a San Bartolomé

Inalsa debe pagar a San Bartolomé

La decisión tomada por el Constitucional da la razón al Ayuntamiento en el conflicto por los parques eólicos de Montaña Mina

CANARIAS7 / San Bartolomé

Jueves, 1 de enero 1970

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El Tribunal Constitucional (TC) ha dado la razón al Ayuntamiento de San Bartolomé al no admitir a trámite una cuestión de insconstitucionalidad planteada por Inalsa, en relación al artículo 6 bis de la Ley del Sector Eléctrico de Canarias, en virtud al cual y de manera ajustada a derecho el Ayuntamiento liquidó el impuesto de construcciones, instalaciones y obras, a los parques eólicos situados en suelo de titularidad municipal en las inmediaciones de Montaña Mina.

Según el alcalde, Alexis Tejera, «el propio Tribunal Constitucional ha entendido que no había fundamento mínimo en la cuestión planteada por el letrado asignado por Inalsa bajo el mandato de Pedro San Ginés, que en un recurso de apelación planteó la cuestión de inconstitucionalidad ante la sala de lo contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicias de Canarias, que elevó la cuestión de inconstitucional al Tribunal Constitucional».

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