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El Cabildo deberá informar sobre contrato con Canal Gestión Lanzarote

El Cabildo deberá informar sobre contrato con Canal Gestión Lanzarote

El acuerdo con la filial de Canal de Isabel II data de 2013

CANARIAS7 / Arrecife

Viernes, 10 de julio 2020, 03:03

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El Cabildo y el Consejo Insular de Aguas tendrán que facilitar la información solicitada por la Asociación Insular de Empresarios de Hoteles y Apartamentos de Lanzarote (Asolan) sobre la contratación con Canal Gestión Lanzarote, filial de Canal Isabel II, del servicio de abastecimiento de aguas en los siete municipios, incluyendo también a La Graciosa.

El Comisionado de la Transparencia de Canarias ha informado este viernes que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) da la razón a este órgano en la decisión que adoptó en mayo de 2017 ante la negativa del Consorcio insular de Aguas de ofrecer la información del procedimiento de contratación por un total de 120 millones de euros del servicio de gestión de abastecimiento de agua, saneamiento y reutilización en las Islas de Lanzarote y La Graciosa. La información solicitada por la asociación empresarial aludía a las actas de la negociación del procedimiento, la oferta de la adjudicataria y otra información de recursos humanos.

El titular del Comisionado de la Transparencia de Canarias, Daniel Cerdán, indica en una nota que en las tres sentencias emitidas por el TSJC se valida la correcta aplicación de la Ley de Transparencia «rente a los que pretenden ampararse a menudo en límites como la protección de datos personales, la propiedad intelectual o los en otros caso legítimos intereses empresariales y comerciales para evitar que los ciudadanos conozcan a fondo el contenido de los expedientes».

En este caso se trata, según Cerdán, de uno de los contratos más importantes firmados en Lanzarote en muchos años.

La nota indica que ante la negativa del Consorcio Insular de Aguas a facilitar la información, Asolan interpuso una reclamación ante el Comisionado de Transparencia, que es el órgano que la Ley Canaria de Transparencia ha previsto para resolver de forma rápida y gratuita las reclamaciones de los ciudadanos cuando se les niega información pública.

El Comisionado de Transparencia dictó una resolución que ordenaba que se pusiera a disposición de Asolan y ahora , en la sentencia dictada en diciembre por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, se desestima el recurso interpuesto por el Cabildo y el Consorcio Insular de Aguas de Lanzarote y se confirma el acto dictado por el Comisionado.

Mientras que el Cabildo y el Consorcio de Aguas aludían a razones de confidencialidad, el Comisionado, y posteriormente el TSJC, afirmaron que los límites al derecho de acceso a la información no se pueden invocar de manera genérica sino que deberá ser motivada.

Para el Comisionado, la sentencia representa todo un reconocimiento de que el derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos también alcanza a los procedimientos de contratación y sus documentos, aun se trate de procedimientos negociados. Y agrega que de los cinco recursos planteados ante el TSJC por administraciones canarias frente a las resoluciones de este órgano garante reconociendo el derecho de los ciudadanos a recibir información, los tres resueltos han confirmado las decisiones de entrega de los documentos y han atribuido las costas a las entidades públicas que se negaban a hacerlo y recurrieron por lo que no se ha producido ningún coste para el Parlamento de Canarias.

El acuerdo con Canal Gestión Lanzarote cobró forma en 2013.

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