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Absueltos los promotores de las obras en la bodega Los Bermejos

Absueltos los promotores de las obras en la bodega Los Bermejos

Las obras hechas en la bodega Los Bermejos hace más de doce años, denunciadas por Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural del Gobierno de Canarias, no son constitutivas de delito, según decisión adoptada por el Juzgado de lo Penal 1 de Arrecife, tras la vista hecha los días 28 y 29 de junio.

Jueves, 1 de enero 1970

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En concreto, la jueza Margarita Gómez absuelve a los dos acusados, los bodegueros Ignacio Valdera y Carmelo González Clavijo, de un delito contra la ordenación del territorio. Ambos fueron acusados de acometer, sin licencia, obras de ampliación de una bodega que ya existía, consistente en varias naves de algo más de 300 metros cuadrados, en el Paisaje Protegido de La Geria, según se argumenta en el auto notificado a las partes. Se basa la decisión en que hay una expectativa clara de legalización de las faenas, en base a la Ley del Suelo recién aprobada por el Parlamento de Canarias y que entrara en vigor en septiembre. La jueza entiende que hay expectativa de legalización y por ello absuelve

También se basa la titular del Juzgado de lo Penal 1 de Arrecife en los informes de los peritos, que comparecieron en la segunda sesión se la vista que tuvo lugar la pasada semana en el Palacio de Justicia de la capital. En especial, el de la arquitecta Ana Kursan Gatas, quien señaló en su intervención que las obras pueden ser convalidadas en el futuro Plan Especial de La Geria.

Asimismo, les absuelve del delito de desobediencia del que estaban acusados, por haber hecho caso omiso al precinto que en su momento tramitara la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural del Gobierno de Canarias, para seguir construyendo, con lo que se desestiman los planteamientos hechos durante el juicio por la representación del Ministerio Fiscal. No se ve voluntad dolosa, atendiendo a que los empresarios señalados intentaron legalizar la obra.

Cabe recordar que el fiscal pedía de inicio dos años de cárcel, por el delito contra la ordenación del territorio, si bien en sus conclusiones rebajó la pretensión, al asumir el atenuante de dilaciones indebidas. También rebajó la petición en cuanto a la acusación por desobediencia.

La acusación particular, por su parte, en la vista optó por retirarse, al dar por buenos los argumentos hechos por los peritos.

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