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Un nuevo varapalo a las torretas

Un nuevo varapalo a las torretas

Por carencia de interés objetivo casacional, el Tribunal Superior rechaza el recurso presentado por Red Eléctrica Española a la paralización cautelar de las torretas eléctricas decretada en enero de 2017 por decisión judicial a instancias del Cabildo. La suspensión sigue rigiendo pues en el tramo capital-Gran Tarajal.

Catalina García y Catalina García / Puerto del Rosario

Jueves, 16 de julio 2020, 08:05

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Las obras de instalación de las nuevas torretas eléctricas en el tramo Puerto del Rosario-Gran Tarajal continúan paralizadas después de que el Tribunal Supremo (TS) echara por tierra el recurso presentado por Red Eléctrica Española contra la medida cautelar de suspensión en marcha desde el 4 de enero de 2017. Es el segundo y definitivo rechazo de la Justicia al recurso de la empresa contra la paralización cautelar.

Este último rechazo a las pretensiones de Red Eléctrica de levantar el veto a la obras del tramo Puerto del Rosario-Gran Tarajal parte de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que, textualmente, alude a «carencia de interés objetivo ocasional» para desestimar el recurso de esta empresa promotora del nuevo tendido eléctrico a 132 kilovoltios. En concreto, el recurso se presentaba contra la desestimación de otro recurso: el de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que, en primera instancia, rechazó el 9 de marzo de 2017 la pretensión de Red Eléctrica y de la Consejería de Industria del Gobierno de Canarias de levantar la suspensión cautelar decretada el pasado 4 de enero de 2017.

Además de echar por tierra el recurso de Red Eléctrica, el TS también le impone las costas procesales hasta el límite de 2.000 euros.

daños irreversibles. Frente a lo escueto de la providencia del Supremo, el TSJC resultó más prolijo en sus argumento en marzo de 2017 en su primera desestimación de la pretensión de Red Eléctrica remitiéndose el auto inicial de paralización del 4 de enero de 2017 al subrayar que «la simple lectura del auto recurrido deja sin contenido» las pretensiones de la empresa. Con un tajante «es necesario reiterarlo», la Sala trae a colación ahora que el auto de enero apeló al principio de precaución en materia medio ambiental a la hora de detener las obras, «con explicación que el daño al medio ambiente, no solo el propio del paisaje, era con frecuencia irreversible y por tanto de imposible reparación. Mientras que los perjuicios que se derivarían de la suspensión temporal de las obras, era de carácter económico».

El auto inicial de suspensión cautela, que data del 4 de enero de 2017, de los permisos del proyecto de la nueva línea transporte eléctrico se basa en que, por el principio legal de cautela que debe regir todas las actuaciones públicas, el Gobierno de Canarias «debió negar la autorización para cualquier actividad que pueda dañar o menoscabar el deseable equilibrio natural». En este sentido, el TSJC establece que la Dirección General de Industria debió «dar preferencia a los posibles perjuicios que se puedan seguir para el medio ambiente».

Hay que recordar que la suspensión cautelar afecta solo al tramo Puerto del Rosario-Gran Tarajal, incluyendo la nueva subestación de esta localidad del sur del municipio de Tuineje. Por lo tanto, las obras de instalación de nuevas torretas de transporte eléctrico a 134 kilovoltios continúan, y a toda velocidad, en el tramo Corralejo-Puerto del Rosario, incluyendo la nueva subestación que luce en la Cuesta de Perico, en el acceso a la capital por Tetir.

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