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El TS confirma 22 años de prisión para el asesino de Yessica Paola

El TS confirma 22 años de prisión para el asesino de Yessica Paola

Henry Danny G.H. es culpable de matar con 15 puñaladas a su pareja en su domicilio de Puerto del Rosario el pasado 9 de diciembre de 2015, y en presencia del hijo de la fallecida

Dafne Morales / Puerto del Rosario

Jueves, 1 de enero 1970

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La Sala Penal número 2 del Tribunal Supremo (TS) confirma 22 años de cárcel por delito de asesinato con ensañamiento y alevosía a Henry Danny G.H., que mató de 15 puñaladas en Puerto del Rosario el 9 de diciembre de 2015 a su pareja, la joven colombiana Yessica Paola G.P., de 24 años, en presencia del hijo de ésta, de siete años, en el domicilio en el que convivían de la calle Cipriano Gutiérrez Oramas número 1 del segundo piso, en Puerto del Rosario.

El Supremo rechaza el recurso del condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que a su vez confirmó el pronunciamiento inicial de un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Los hechos probados de la sentencia señalan que, en la madrugada de aquel 9 de diciembre del 2015, el hombre inició una discusión con la víctima, en cuyo transcurso «le dio un puñetazo en la cara, causándole un traumatismo nasal y en el ojo derecho».

Después, con intención de acabar con su vida la agarró por el cuello «y teniéndole sujeta y sin que pudiera defenderse, cogió un cuchillo de cocina de grandes dimensiones y comenzó a darle puñaladas por todo el cuerpo clavándoselo varias veces más para aumentar su sufrimiento deliberadamente, asestando un total de 15 puñaladas». Encontrándose en el suelo y mortalmente herida, el acusado marchó del domicilio sin prestarle ayuda dirigiéndose a la Comisaría de Policía Nacional de Puerto del Rosario, donde manifestó que acababa de matar a su pareja.

Además, el asesino deberá mantenerse alejado unos 500 metros del hijo de la fallecida, de sus personas, de su lugar de trabajo o estudios o cualquier otro frecuentados por los mismos, o comunicarse con ellos por cualquier medio o procedimiento por un tiempo de 30 años, además de la prohibición de residir en la isla de Fuerteventura por un tiempo de 10 años al salir de la prisión

Deberá, a su vez, indemnizar con una cantidad de 100.000 euros al hijo de la fallecida por los daños morales sufridos por el mismo, e igualmente deberá abonar a la madre de la víctima con la cantidad de 50.000 euros por la pérdida de su hija, y el daño moral consecuente a la misma.

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