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El Gobierno remite al Consejo Consultivo tres reglamentos de la ley del suelo

El Gobierno remite al Consejo Consultivo tres reglamentos de la ley del suelo

El Consejo de Gobierno ha aprobado este lunes, a propuesta de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, elevar al Consejo Consultivo tres reglamentos de desarrollo de la Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos.

Europa Press / Santa Cruz de Tenerife

Jueves, 1 de enero 1970

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Se trata del reglamento de planeamiento, el reglamento de gestión y ejecución de planeamiento y el reglamento de intervención en la protección de la legalidad ambiental, territorial y urbanística, ha señalado en rueda de prensa la portavoz, Rosa Dávila.

El Consejo Consultivo tiene ahora un plazo de un mes para emitir sus dictámenes y si son favorables, los tres textos normativos volverán de nuevo al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva.

Dávila ha comentado que la aprobación de estos reglamentos permitirá "avanzar más" en el desarrollo de la ley, que trata de agilizar la tramitación de proyectos, como ha ocurrido, por ejemplo, con la legalización de las explotaciones ganaderas, con casi una treintena desde que empezó la Legislatura.

En lo que respecta al Reglamento de Planeamiento, la propia ley hace referencia a la necesidad de desarrollo reglamentario en varias materias técnicas u organizativas recogidas en el Título III (Ordenación del suelo) y el Título IV (Ordenación de Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000), tales como el procedimiento de resolución de conflictos; la tramitación de planes y normas de los espacios naturales protegidos; determinaciones, contenido sustancial y documental y procedimientos de aprobación de instrumentos de ordenación urbanística; determinación de equipamientos de la ordenación urbanística pormenorizada y estándares en suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable.

El reglamento pone especial atención a la documentación a acompañar en los diferentes planes, cubriendo así un "déficit histórico" en el derecho urbanístico que ha abordado esta materia desde un punto de vista estrictamente procedimental, sostienen desde el Gobierno.

Respecto al reglamento de gestión y ejecución del planeamiento, si bien la ley contiene una regulación muy detallada en esta materia, el texto reglamentario abunda en el desarrollo de algunos aspectos del régimen jurídico e incorpora ajustes puntuales en cuanto a la documentación a presentar, la regulación de cuestiones organizativas que pueden ponerse en marcha para realizar la actuación de gestión y que no implican obligación de creación de nuevos órganos o entidades y la regulación de las entidades de gestión urbanística, además de otros ajustes procedimentales.

El reglamento sobre intervención y protección de la legalidad urbanística regula de manera detallada los distintos procedimientos administrativos (concesión de licencias, recepción de comunicaciones previas, restablecimiento de la legalidad, ejercicio potestad sancionadora) y sus garantías, completando aspectos puntuales pero trascendentes de la ley en cuanto inciden sobre la buena actuación de la administración y sobre los derechos e intereses de los ciudadanos.

Tramitación de los reglamentos de desarrollo

Tras la aprobación en el Parlamento regional de la Ley del Suelo y Espacios Naturales de Canarias, en julio de 2017, la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad puso en marcha la redacción de cinco reglamentos, necesarios para el desarrollo de varios preceptos del texto normativo.

Tres de ellos han sido vistos este lunes en Consejo de Gobierno y los dos restantes (el Reglamento de Observatorio Paisaje y el Reglamento del Registro Planeamiento) están pendientes del informe de los servicios jurídicos.

Además, se ha estimado la necesidad de redactar dos reglamentos más para completar la parte administrativa, los de la Oficina de Consultas Jurídicas y del Órgano de Evaluación Ambiental e Informe Único, ambos en fase de información pública.

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