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Arroyo y 13 exediles más podrían ir tres años a la cárcel por el caso Baku

Arroyo y 13 exediles más podrían ir tres años a la cárcel por el caso Baku

La Fiscalía también solicita penas de inhabilitación de nueve años para el exalcalde de La Oliva y los concejales, así como para un técnico municipal. El juicio de la Audiencia de Las Palmas se celebra en sede de los nuevos juzgados de Majada Marcial los días 23, 24 y 25 de octubre

Jueves, 1 de enero 1970

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El exalcalde de La Oliva, Domingo González Arroyo y trece exconcejales se enfrentan a una petición de pena de tres años de cárcel en el caso Baku. La Fiscalía también pide nueve años de inhabilitación para los políticos en cargo electo en administración local y nueve años de inhabilitación especial para un técnico municipal en empleo o cargo público relacionado con el desempeño de la arquitectura o la arquitectura técnica. Por responsabilidad civil, insta a que todos, salvo el técnico, indemnicen al Consistorio con «la cantidad malversada de 552.227 euros».

Los acusados son, además de Arroyo, los ediles Antonio Darias, Marcelino Umpiérrez, Tomás Pérez, Alejandro Hernández, Cristóbal Calero, Máximo Méndez, José Juan Aguiar, Felipe Miranda, Olivia Estévez, Raimundo Domínguez, Marcial Hernández, Francisco Cabrera y Rita Darias; y el técnico municipal Jerónimo Soto. Todos se verán en el juicio de la Audiencia Provincial el 23, 24 y 25 de octubre en la sede judicial de Majada Marcial. Los acusados podrían haber incurrido en responsabilidad penal por delito de prevaricación, además de por delito de fraude y exacciones ilegales.

Según la Fiscalía, entre noviembre de 2002 y marzo de 2003, los acusados habrían acordado «la ejecución de una serie de actos administrativos totalmente incompatibles con el ordenamiento jurídico». Dichos actos, en «palpable contradicción con la normativa sobre la ordenación del territorio y normativa tributaria», se habrían ejecutado para «conseguir así la adjudicación y posterior construcción» del parque de ocio Baku.

El 5 de noviembre de 2002, la comisión de gobierno de La Oliva (el alcalde Domingo González y los ediles Antonio Darias, Marcelino Umpiérrez, Tomás Pérez y Alejandro Hernández), así como el 12 de noviembre por el pleno municipal, se procedió a la aprobación por unanimidad del denominado Pliego de cláusulas administrativas particulares que han de regir el concurso para la adjudicación mediante procedimiento abierto, del contrato relativo a la redacción de un proyecto, construcción y posterior explotación de un parque de ocio, en la parcela situada en la zona Z (reserva) de la urbanización Corralejo Playa, en el ámbito SAU-PA 1, de la localidad de Corralejo.

El suelo afectado se hallaba «categorizado y clasificado» en base a la normativa que regía en el momento: el Plan Parcial Corralejo Playa, recogido por las Normas Subsidiarias de La Oliva aprobadas el 4 de julio de 1990. Dicho suelo estaba destinado «a equipamiento institucional en el que se autorizaban dotaciones educativas, culturales, de ocio, salud, bienestar social, deportivas o religiosas»; también a «un sistema de espacios libres, que comprendía zonas de uso público como jardines, parques, viarios de circulación rodada y peatonal [...] prohibiéndose cualquier tipo de edificación [...]».

Sin embargo, la mesa de contratación (Domingo González, Antonio Darias, Alejandro Hernández, Felipe Miranda, Francisco Cabrera y Rita Darias) decide el 6 de marzo de 2003 proponer al pleno la adjudicación del concurso a la única empresa licitadora, Joca (Ingeniería y Construcciones SA). El pleno acordó por unanimidad la adjudicación el 4 de abril de 2003 y, el 25 de ese mes, Arroyo y Joca firman el contrato por 17,4 millones de euros con un plazo de explotación de 47 años y un canon de 36.000 euros al año para el Consistorio.

Sin informes

La Fiscalía señala que la adjudicación se hizo «sin preceptivos informes jurídicos» y sin «preceptiva propuesta de resolución elaborada por miembro alguno del Ayuntamiento sobre el contenido del pliego de cláusulas objeto de aprobación, pretendiéndose la sustitución de dicho informe y propuestas por un informe jurídico externo [...] que solo hace referencia a aspectos procedimentales pero no del contenido del pliego de cláusulas objeto de aprobación y, por ende, al cumplimiento de la normativa urbanística y tributaria de dicho acuerdo».

La Fiscalía señala que solo se emite un informe del 29 de octubre de 2002 elaborado por Jerónimo Soto en calidad de arquitecto técnico municipal en el que «deliberadamente omite cualquier referencia al contenido del proyecto ni a su compatibilidad con el planeamiento urbanístico, limitándose a informar sobre la titularidad y usos de la parcela». Con dicho informe «se estaba conculcando la legalidad urbanística», puesto que «las construcciones proyectadas eran totalmente incompatibles con el planeamiento en vigor», añade.

Ligado «al artificio administrativo» presuntamente montado para abrirle el camino al parque Baku, la Fiscalía señala además que hubo exoneración del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y de tasas por licencias municipales, «con total omisión de las normas esenciales que regulan los procedimientos de contratación pública», dejando el Consistorio de ingresar 373.802 euros por tasa y 178.425 euros por ICIO. Es por este presunto delito de fraude y exacciones ilegales por el que la Fiscalía solicita las penas de prisión, mientras que las inhabilitaciones responderían al citado «artificio administrativo».

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