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Los ayuntamientos continúan cobrando las plusvalías sobre ventas con pérdidas

Los ayuntamientos continúan cobrando las plusvalías sobre ventas con pérdidas

La Justicia declaró hace más de tres años que no se puede recaudar este impuesto si no se han producido beneficios para el vendedor

B. Hernández

B. Hernández

Las Palmas de Gran Canaria

Domingo, 18 de octubre 2020, 09:07

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El Tribunal Constitucional declaró hace más de tres años la inconstitucionalidad de cobrar la plusvalía municipal en las ventas de viviendas a pérdidas, es decir, en los casos en que no se hayan producido beneficios para el vendedor tras el traspaso de una propiedad. A día de hoy, esta sentencia, apoyada posteriormente por el Tribunal Supremo, se sigue obviando por parte de ayuntamientos de la comunidad autónoma -indistintamente del tamaño o color político- , que siguen cobrando este impuesto, Son los ciudadanos los que deben estar al tanto y recurrir para recuperar su dinero o paralizar el procedimiento de cobro.

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -no se aplica sobre terrenos rústicos- es un gravamen municipal que se aplica sobre los beneficios obtenidos al vender una vivienda, es decir, que viene determinado por la revalorización que ha experimentado el inmueble desde el momento de su compra hasta la posterior venta. Para el alcalde de Agüimes y presidente de la comisión de Economía y Hacienda de la Federación Canaria de municipios (Fecam), Óscar Hernández, este gravamen tiene sentido cuando una propiedad aumenta su valor «no sólo por las mejoras que se hayan producido en su interior, sino porque también contribuye a ese incremento la mejora del entorno y de los servicios municipales» que afectan a la venta.

Antes de la sentencia, los ayuntamientos no tenían en cuenta esta circunstancia y los ciudadanos debían pagar la plusvalía cada vez que vendieran una propiedad, hubiera o no beneficios. La sentencia del Tribunal Constitucional de julio de 2017, que ha sido matizada posteriormente pero en la misma línea de liberar a los vendedores de pagar el impuesto si no había beneficios, vino a cambiar la situación, aunque no todos los ayuntamientos lo han entendido así.

El argumento para seguir cobrando la plusvalía es que la ley de Haciendas Locales precisa de una reforma que contemple las disposiciones del Constitucional, de tal manera que cada corporación continúa tomando sus propias decisiones al respecto. En este sentido, desde el Ayuntamiento de Las Palmas se apunta que «esta medida no está recogida aún en la Ley de Haciendas Locales, por lo que el ayuntamiento está obligado a proceder y cobrar el impuesto».

Oscar Hernández, reconoce que existe un vacío legal al respecto, aunque mantiene que la mayoría de los ayuntamientos canarios no cobra la plusvalía una vez que se hace la liquidación y se comprueba que no se han producido beneficios con la venta. Explica que, en general, se aplica lo indicado por los tribunales porque «de otra manera estarían incumpliendo un mandato legal».

Aunque algunos municipios han decidido paralizar el cobro de este gravamen hasta que la ley recoge esta sentencia (los menos), la realidad es que las entidades locales siguen recaudando este impuesto a pesar de que reconocen que en muchas ocasiones los administrados pagan porque desconocen que tienen derecho a no abonarlo.

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