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Hasta 500 euros y 6 puntos por conducir con el móvil, y casco obligatorio para patinetes
NUEVAS MULTAS DE LA DGT

Hasta 500 euros y 6 puntos por conducir con el móvil, y casco obligatorio para patinetes

El Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma de ley de tráfico que finalmente mantiene el margen de 20 km/h para adelantar

Patxi Fernández

Madrid

Viernes, 1 de octubre 2021, 15:49

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La Comisión de Interior del Congreso de los Diputados ha dado luz verde este jueves a la prevista reforma de la ley de tráfico, que ahora será enviada al Senado para que continúe con su tramitación parlamentaria. Entre las principales novedades se encuentra un endurecimiento para numerosas infracciones, doblando por ejemplo las sanciones por conducir con el teléfono móvil en la mano o por no llevar el cinturón de seguridad,entre otras. Además se establece la obligatoriedad de usar casco en los vehículos de movilidad personal, como patinetes eléctricos.

Aumentan de 3 a 6 los puntos de sanción por conducir sujetando con la mano el móvil. Tráfico incluye un matiz en el texto de la nueva Ley que cambia el concepto de los conductores por completo: sustituye la palabra «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil».

Esto provocaba que muchos conductores se librasen de la multa al ser muy complicado para los drones captar el momento exacto del uso del teléfono móvil. Desde 2021 esto no será así y simplemente con «conducir con el móvil en la mano», se esté usando o no, ya supondrá una infracción cuya multa será de 500 euros.

No utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección supondrá una sanción de cuatro puntos, en vez de los tres actuales. Además, se sancionará el mal uso de estos elementos.

Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros, aunque se desactiven, será una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de tres puntos.

Uno de los aspectos que ha causado más controversia del proyecto legislativo del Gobierno es la planteada supresión de la posibilidad de que coches y motos pudiesen superar en 20 km/h el límite de velocidad en carretera convencional (es decir, de un carril por sentido y sin separación física entre ambos) al adelantar a otros vehículos.

Durante el debate del texto se aprobó una enmienda con la que decae esta medida, por lo que finalmente se mantiene el citado margen de 20 km/h adicionales para adelantar en carreteras convencionales, que proponía el Gobierno y que varios grupos habían criticado.

Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) se justificaba esta medida porque ya se aplica en otros países de la UE y con ella se pretendía reforzar el mensaje de que «adelantar conlleva un riesgo de colisión frontal».

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