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La DGT explica qué es un radar de tramo y cómo funciona

El procedimiento de control de velocidad en un tramo es el siguiente: las cámaras -una por carril- graban de forma continua a todos los vehículos, a la entrada y salida del túnel

Canal Motor

Martes, 22 de noviembre 2022, 21:59

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Los sistemas automatizados de control de la velocidad y del uso de cinturón de seguridad mejoran en gran medida la eficacia en el control del cumplimiento de los límites establecidos tanto en ciudad como en carretera.

Según datos actualizados en mayo de 2022, la red de radares de la DGTcuenta con 514 radares fijos, 1.325 radares móviles y 92 radares de tramo repartidos de manera uniforme por la geografía española.

Los radares de tramo son una forma de controlar la velocidad, no en puntos kilométricos concretos, como hacen los radares fijos, sino en tramos de carretera de varios kilómetros. El primero comenzó a funcionar en el año 2010 en el túnel de Guadarrama, en la A-6. En realidad, esta modalidad de vigilancia no funciona con radares, sino con cámaras de visión artificial, similares a las que sancionan en los semáforos de algunas ciudades, según la DGT.

Los tramos de carretera con velocidad controlada equipan cámaras de visión artificial. Situadas en ambos extremos del tramo, calculan la velocidad media de cada vehículo y sancionan a los que superan el límite.

Para advertir a los conductores de la cercanía de un tramo de velocidad controlada, se señaliza con antelación con el panel correspondiente.

En realidad no son 'radares' propiamente dicho, como los cinemómetros. Se trata de un sistema de cámaras que graban de forma continua, se identifica la matrícula de cada vehículo a la entrada y a la salida del tramo. Un ordenador relaciona las matrículas iguales, comprueba las tiempos de paso y calcula la velocidad media del vehículo.

Cuando la velocidad media del recorrido está por debajo del límite, no hay infracción. Pero si la velocidad media del trayecto supera el límite, se tramita la denuncia de la infracción.

Las multas por exceder la velocidad indicada en un tramo de una determinada vía son las mismas que están estipuladas para los excesos marcados por los radares fijos y móviles. Así, la Ley de Tráfico establece una multa leve de 100 euros sin resta de puntos del carnet para aquellos cuyo exceso de velocidad sea hasta 30 km/h en vías interurbanas, que es donde están fijados los radares de tramo.

Si el exceso de velocidad marcado por estos radares supera entre 31 y 50 km/h la máxima permitida la sanción será de 300 euros y 2 puntos del carnet. Para los excesos que superan entre 51 y 60 km/h el importe de la multa asciende a 400 euros y 4 puntos del carnet; y para los que se sitúan entre los 61 y 70 km/h de exceso de velocidad recaerán 500 euros y 6 puntos.

Los casos más graves, que ya pasan a considerarse como delito contra la Seguridad Vial, son para aquellos que sobrepasen en 80 km/h la velocidad máxima en vías interurbanas, y en 60 km/h en las urbanas. Entonces se aplicarán 600 euros de multa, seis puntos del carnet y se le imputarán penas por un delito ante el que tendrá que responder ante la justicia. Estas penas, como reza el Código Penal, son «de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Y en cualquier caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años».

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