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Los médicos canarios ganan el pleito del registro profesional

Canarias7

Jueves, 1 de enero 1970

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado razón a los colegios de médicos canarios en su objetivo de impedir que, profesionales que no tengan acreditada su especialidad profesional a través de las titulaciones actualmente reconocidas por la Ley, puedan acceder al Registro de Profesionales Sanitarios de Canarias.

Se trata de un éxito de las instituciones colegiales que avala su trabajo sobre la protección y seguridad del ejercicio de la profesión médica y de quienes tienen la responsabilidad de ejercerla, informa el colegio de Las Palmas en una nota de prensa. El equipo de la anterior Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, liderado por Mercedes Roldós, pretendía introducir en el Decreto 49/2009 de 28 de abril por el que se iban a regular los Registros de Profesionales Sanitarios de Canarias (BOC nº91, de 14 de mayo de 2009), una disposición adicional donde se contemplaba la “inscripción excepcional de profesionales” aún sin tener la titulación reconocida oficialmente pero que “ejerzan su profesión sanitaria en virtud de habilitación, reconocimiento o cualquier otra autorización administrativa”.

Estos profesionales, sigue afirmando esta disposición, “se inscribirán en el Registro Canario de Profesionales Sanitarios en el aparado correspondiente a la titulación que dé acceso a la actividad profesional”. Esta vía falsa de acceso a la profesión, fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias por los colegios profesionales de médicos de Canarias y la Organización Médica Colegial (que agrupa al conjunto de médicos españoles) pues vulneraba la legalidad vigente y atentaba contra la línea de flotación del sistema de formación de médicos especialistas (MIR) que, según estas instituciones, ha permitido la consolidación de un Servicio Nacional de Salud de gran calidad que es puesto como modelo en foros internacionales.

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