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Las bibliotecas municipales de la capital grancanaria vulneran la ley

Las bibliotecas municipales de la capital grancanaria vulneran la ley

Jueves, 1 de enero 1970

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Si acude a una biblioteca municipal en la capital grancanaria le atenderá un bibliotecario o bibliotecaria, pero no sabrá si es personal del Ayuntamiento y, por tanto, contratado por la Sociedad de Promoción, o uno de los diez servicios» externalizados por un concurso que expiró en enero de 2016, porque hacen el mismo trabajo. Desde 2006 las bibliotecas públicas municipales de Las Palmas de Gran Canaria cuentan, además de con personal propio, con un grupo de bibliotecarios que en realidad trabajan para una empresa privada. Se trata de Serral Organización y Gestión de Archivos y Bibliotecas, una sociedad limitada cuya relación contractual con el Consistorio finalizó en enero de 2016, fecha en la que expiró la ampliación del concurso que ganó en 2013. Siete de estos diez bibliotecarios han denunciado tanto a Serral como a la Sociedad de Promoción -entidad de la que dependen las bibliotecas públicas municipales- con la intención de que se declare «la existencia de cesión ilegal de trabajadores» entre ambas entidades y que se les reconozca el «derecho a integrarse en la plantilla con carácter indefinido, con la antigüedad» que cada uno tiene y «con aplicación del Convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento», esto es, piden ser igual que sus compañeros de trabajo pues en estos momentos, y desde hace más de una década, a este personal se le aplica el Convenio provincial de oficinas y Despachos. De hecho, esta decena de «externos» desempeñan las mismas funciones que el grupo del personal municipal. Desde que comenzaron a trabajar, entre 2006 y 2009, lo hacen junto a personal laboral del Ayuntamiento compartiendo espacio de trabajo, tareas y «actuando bajo las directrices» de quien dirige las bibliotecas en la Sociedad de Promoción. «Nuestras funciones son idénticas a la de los técnicos auxiliares de biblioteca», aseguran. Los demandantes entienden que el contrato de prestación de «diez servicios de biblioteca» entre Serral y la Sociedad de Promoción «carece de justificación técnica dado que la Sociedad de Promoción, como empresa pública, puede contratar a su personal sin necesidad de tener que acudir a otra como Serral, que no es una ETT, para que le suministre por tiempo indefinido mano de obra que se va a integrar plenamente en su estructura», e insisten, «con identidad de funciones a su personal, organizándolos a todos bajo su dirección». Además, recuerdan que la Sociedad de promoción, es una sociedad anónima, no tiene que convocar oposiciones para contratar, por lo que entienden que podía haberse ahorrado la externalización de estos puestos de trabajo. En suma, según los demandantes, todo apunta a que el fin de esta cesión es «eludir la aplicación del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento que aplica a los trabajadores propios».

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