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Antonio F. de la Gándara
Jueves, 1 de enero 1970
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El Obispado de la Diocésis de Canarias tendrá que indemnizar definitivamente con 10.385,49 euros más los intereses de mora a la profesora de Religión de Las Palmas María del Carmen Galayo, al declararse firme a todos los efectos la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que en julio de 2007 condenó a la iglesia por vulnerar el derecho fundamental de la docente a la intimidad al cesarla tras 10 años impartiendo clases por «vivir en pecado» con un hombre distinto a su marido.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo notificó en pasados días al Obispado y al Tribunal Superior de Justicia de Canarias el auto que desestima el recurso de queja presentado por el Obispado contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que en septiembre de 2007 acordó no admitir a trámite el recurso extraordinario para unificación de doctrina de la autoridad eclesiástica contra el fallo favorable a la profesora al haberse presentado fuera de plazo.
La decisión del Supremo implica la plena firmeza de la sentencia de la Sala, contra la que el Obispado no puede recurrir en la vía jurisdiccional, que ha quedado agotada en este polémico caso a favor de la profesora. El Obispado podría intentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pero la interposición de éste no paraliza la ejecución del fallo de instancia.
Galayo ha ganado el pleito judicial tras casi diez años de lucha ante los tribunales de la jurisdicción social.
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