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La justicia condena a Carlos Sosa y a Canariasahora en dos sentencias

La justicia condena a Carlos Sosa y a Canariasahora en dos sentencias

Canarias7

Miércoles, 21 de julio 2010, 11:40

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La justicia considera que los ataques del periódico digital Canariasahora.es contra CANARIAS7 y Juan Francisco García González, presidente de la empresa editora de este periódico (Informaciones Canarias SA), suponen una intromisión ilegítima en el derecho al honor, pues sobrepasan los límites del derecho a la información y la libertad de expresión.

Así se recoge en dos fallos judiciales de sendos juzgados de primera instancia de Las Palmas de Gran Canaria, en los que se condena a Virtual Press SL, en liquidación, empresa editora de Canariasahora.es, y a su director, Carlos Sosa Báez. El Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Las Palmas de Gran Canaria dictó el último de estos fallos judiciales el día 8 de julio de 2010. La primera sentencia es del Juzgado de Primera Instancia Número 14 de Las Palmas de Gran Canaria y se dictó con fecha 11 de febrero de 2010.

En ambas sentencias, en primera instancia, los jueces estiman que diversos artículos y comentarios de los lectores de Canariasahora.es excedieron claramente los límites de la libertad de expresión y de opinión y entraron de lleno en una vulneración del derecho al honor, tanto del presidente de Informaciones Canarias Sociedad Anónima (INFORCASA), empresa editora de CANARIAS7, Juan Francisco García González, como del propio periódico.

En la última sentencia de 8 de julio, el juez Tomás González falla que Carlos Sosa y la empresa editora de Canariasahora.es deben «abstenerse en lo sucesivo de realizar intromisiones ilegítimas en el derecho al honor de Informaciones Canarias Sociedad Anónima SA, tanto en el diario Canariasahora, como en cualquier otro medio de comunicación, incluyendo, entre otros, medios de prensa escrita, soportes digitales, radio, televisión, de ámbito local, nacional e internacional».

Asimismo, Canariasahora.es deberá retirar «de manera definitiva» de su hemeroteca «todos los artículos y comentarios que constituyan una lesión del honor» de la empresa editora de CANARIAS7. La sentencia recoge igualmente que Canariasahora.es tendrá que publicar, cuando sea firme, la sentencia íntegra, y habrá de indemnizar con 5.500 euros a Informaciones Canarias SA.

Las publicaciones objeto de las demandas se produjeron en el contexto del proceso electoral de La Caja de Canarias y de las informaciones sobre las dos candidaturas presentadas. En concreto, CANARIAS7 aportó al juzgado copia de lo publicado por Canariasahora.es entre el 16 de diciembre de 2008 y el 12 de abril de 2009. En ambos fallos judiciales, los jueces concluyen que muchas de las expresiones recogidas por el diario digital vulneraron el derecho al honor.

En la última sentencia, el titular del Juzgado de Primera Instancia Número 6 refiere hasta una veintena de frases de 18 días diferentes en los que Canariasahora.es recogió «expresiones y frases que son insultantes e injuriosas» en relación a CANARIAS7, añadiendo seguidamente que su «contenido excede a todas luces de la crítica a la línea editorial seguida por otro medio de comunicación». «En definitiva», agrega la sentencia, «hay que concluir que las expresiones () son atentatorias contra el derecho al honor y el prestigio [de CANARIAS7], constituyendo una descalificación en su ámbito profesional que no puede tener cobertura en el derecho a la libertad de expresión». La misma consideración tiene el juez hacia las expresiones que Canariasahora.es dedicó a los profesionales que hacen a diario CANARIAS7, y que fueron igualmente objeto de ataques que, de acuerdo con la sentencia, exceden la libertad de expresión.

Respecto a algunas de las expresiones publicadas, los jueces concluyen que sí gozarían de esa protección derivada de la libertad de expresión, lo que no obsta para dejar constancia judicial de su «mal gusto».

Sobre los comentarios de los lectores de Canariasahora.es, la Justicia no tiene duda alguna: el periódico que los difunde es responsable de la publicación de los mismos. En ese sentido, la sentencia recuerda que el Tribunal Supremo ha delimitado claramente esa responsabilidad editorial, en especial cuando los comentarios se publican sin determinar la identidad de quiénes los envían.

Las dos sentencias en primera instancia condenatorias de Canariasahora.es son susceptibles de recurso. La primera, presentada por Juan Francisco García González, ha sido recurrida por ambas partes ante la Audiencia Provincial y está pendiente de fallo. En esa sentencia, del Juzgado de Primera Instancia número 14 el juez condenó a Carlos Sosa y a Canariasahora.es al pago de 6.000 euros, mientras que la última lo fue a la cantidad de 5.500 euros.

Carlos Sosa también pierde su demanda contra CANARIAS7.

El juez Tomás González, titular del Juzgado de Primera Instancia Número 6, falla también en la sentencia sobre la demanda de reconvención presentada por Carlos Sosa contra CANARIAS7. Tras ser demandado por Informaciones Canarias SA, Carlos Sosa respondió con una fórmula jurídica que, en la práctica, supone la presentación de una demanda contra quien, a su vez, lo ha demandado.

En su escrito, Carlos Sosa aludía a que algunos artículos publicados por CANARIAS7 vulneraban su honor, «en la vertiente profesional y personal». El juez acuerda desestimar esa pretensión y lo argumenta señalando que los artículos publicados por CANARIAS7 «no exceden del ámbito propio del derecho a la libertad de expresión consagrado constitucionalmente». Sobre lo escrito en relación con la gestión empresarial desarrollada por Carlos Sosa, el juez señala: «No pasan de ser una crítica exagerada, que no rebasan los límites propios de la confrontación que genera esta especie de contienda entre periodistas que escriben en distintos medios que mantienen líneas ideológicas diferentes».  

 

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