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EFE
Jueves, 1 de enero 1970
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló este martes a favor de Suiza en el caso de un matrimonio musulmán que se negó a que sus hijas participaran en clases de natación mixta en el ámbito escolar, y que fueron multados con 1.292 euros tras ser advertidos. Aziz Osmanoglu y Sehabat Kocabas, ciudadanos suizos de origen turco con doble nacionalidad y residentes en Basilea, se opusieron a que sus hijas, nacidas en 1999 y 2001, fueran a cursos de natación obligatorios dentro de su escolaridad. El Tribunal de Estrasburgo consideró que la multa es "proporcionada" al objetivo perseguido: que los hijos acudan a cursos obligatorios "en su propio interés y en el de una socialización e integración exitosa para los niños".
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