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Antonio F. de la Gándara
Viernes, 17 de julio 2020, 09:44
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La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) notificó ayer la sentencia de apelación que confirma la condena por asesinato a los tres jóvenes que mataron a golpes y sin motivo al estudiante de la ULPGC Iván Robaina el 7 de diciembre de 2008, la causa penal que mayor conmoción social ha causado en Gran Canaria en los últimos años.
De las decenas de argumentos planteados por las defensas de los acusados contra la sentencia dictada por el magistrado Pedro Herrera dando forma jurídica al veredicto del jurado el 14 de octubre de 2010, el TSJC sólo ha acogido parcialmente uno, el esgrimido por la abogada de Benjamín González, Verónica Calvo, en referencia a la intoxicación de su cliente por drogas y alcohol en el momento de la consumación del crimen. La sentencia de apelación, que se extiende a lo largo de 57 folios y de la que es ponente el magistrado Fernando de Lorenzo, admite que es de Justicia la aplicación a este acusado de una atenuante análoga de limitación de la imputabilidad por consumo de drogas y alcohol y rebaja en un año y medio su condena, de 17 años y seis meses a 16 años. Entiende la Sala que el acusado, «aunque de forma leve», tenía limitada su imputabilidad aquella noche.
Al Supremo. Por lo demás, el Tribunal confirma en todos sus términos el fallo de instancia que calificó el crimen de «vil y cobarde» y los 17 años y seis meses por asesinato por alevosía que se impusieron a Oliverio Hernández Guillén, de 30 años en la actualidad, y a Acaymo Santana Travieso, de 21.
La resolución del TSJC no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sección Segunda del Tribunal Supremo.
Los padres de Iván Robaina habían anunciado antes del juicio que acatarían la resolución de la Justicia cualesquiera que fuera, y ayer confirmaron que no van a recurrir. Con toda probabilidad sí lo harán algunas o todas las defensas.
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