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El TSJC condena a un policía local por tráfico de influencias

El TSJC condena a un policía local por tráfico de influencias

El Tribunal Superior ha revocado el fallo de la Audiencia que hace 4 meses absolvió de tráfico de influencias a un subinspector de la Policía Local de la capital grancanaria que presionó a sus subordinados para que no actuaran contra dos motoristas. El TSJC estima el recurso del fiscal y le impone seis meses de cárcel y tres años de inhabilitación.

Antonio F. de la Gándara

Jueves, 1 de enero 1970

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La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias notificó ayer la sentencia que estima el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas que a finales de febrero de 2011 absolvió al subinspector de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria Eduardo Arbelo Betancor del delito de tráfico de influencias que le venía imputando el Ministerio Fiscal.

El Tribunal revoca el fallo de instancia y condena a Arbelo Betancor a seis meses de prisión, tres años de inhabilitación para empleo o cargo público y multa de 1.200 euros, al considerar probado que en la madrugada del 25 de febrero de 2009 intentó influir en varios agentes de su mismo cuerpo, prevaliéndose de su condición de subinspector, para que paralizaran un procedimiento sancionador contra dos motoristas que circulaban bajo los efectos del alcohol. Al parecer, uno de ellos era amigo del agente que aquel día acompañba al subinspector en su patrulla, y le había llamado por el móvil diciéndole que sus colegas le habían parado.

La Sala admíte la apelación contra el fallo que dictó la magistrada que presidió el jurado encargado de enjuiciar el caso. Se da la circunstancia de que el jurado consideró que el subinspector era «culpable» de los hechos considerados probados en el veredicto, pero la magistrada entendió que lo que relataba el veredicto era una conducta no delictiva. El fallo es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

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