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El Supremo devuelve a la juez de Las Palmas el caso de López Aguilar

Antonio F. de la Gándara

Viernes, 17 de julio 2020, 09:04

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El Tribunal Supremo devuelve la exposición razonada al juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria y acuerda por el momento no da lugar a la apertura del procedimiento penal contra el aforado Juan Fernando López Aguilar.

Por unanimidad, los cinco magistrados consideran que la exposición razonada elevada a esta Sala presenta un déficit argumental que impide la producción de los efectos procesales que, con otro contenido, habría de derivarse de una resolución de esa naturaleza.

Los jueces en un auto ponencia del presidente Manuel Marchena, recuerdan que la documentación remitida al Supremo está integrada por dos procedimientos. El primero de ellos, por unas diligencias iniciadas el 10 de enero de 2015, por Gorka de la Nuez, que fueron archivadas en un auto que ya es firme (no fue recurrido ni por el fiscal ni por la parte perjudicada) y que por tanto adquiere valor de cosas juzgadas. Ese sobreseimiento libre alza un "obstáculo procesal insalvable para la consideración de tales hechos como elementos ya ricos sobre los que construir una imputación sobrevenida". La dificultad, según la Sala "se agrava la vista de la lectura de la declaración judicial prestada por doña Natalia ante la jueza de Violencia sobre la Mujer, en la que no existe una sucesión ordenada de los hechos delictivos atribuidos al aforado".

Para la Sala "resulta ineludible que la jueza instructora precise en su exposición razonada qué hechos podrían dar lugar, si así lo considera acreditado, a la imputación del aforado y excluyan aquellos otros sobre los que se proyecten la resolución de sobreseimiento libre acordada tra la denuncia inicial de don Gorka de la Nuez".

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