El imputado por acosar a 12 niñas, absuelto por nulidad de pruebas

ANTONIO F. DE LA GÁNDARA

El Juzgado de lo Penal número uno de Las Palmas notificó este miércoles la sentencia que absuelve al joven tinerfeño procesado por acosar a 12 niñas de toda España a través de Tuenti, para el que se pedían inicialmente más de 40 años de cárcel. La policía practicó pruebas sin permiso judicial y la mayoría de ellas se declararon nulas.

El Juzgado de lo Penal número uno de Las Palmas notificó ayer la sentencia que absuelve al vecino de Santa Cruz de Tenerife Guillermo José S.R., dependiente de una tienda de muebles de 34 años, de los 12 delitos de índole sexual que le imputaba el Ministerio Fiscal por el supuesto acoso al que habría sometido a otras tantas jóvenes de todo el territorio nacional a través de la red social Tuenti, engañándolas para que grabaran vídeos sexuales y después chantajeándolas para que se plegaran a sus deseos sexuales.

La magistrada Gabriela Ramos no ha encontrado material probatorio suficiente contra el acusado después de verse obligada a declarar la nulidad de la gran mayoría de las pruebas al apreciar un craso error en la tramitación del proceso: la policía, tras acceder al ordenador de la primera presunta víctima y ver la IP del presunto acosador, se dirigió sin mandato judicial a la red social Tuenti y le solicitó todos los correos electrónicos del sospechoso, las IP de los ordenadores con los que había contactado y todos los mensajes y conversaciones que había mantenido por internet.

Con estos datos, los agentes accedieron tanto al ordenador del acusado como a la identificación de sus presuntas víctimas. La irregularidad fue puesta en evidencia por el abogado defensor en el primer intento de la juez de celebrar el juicio; la irregularidad era tan flagrante que el propio fiscal no tuvo otro remedio que adherirse a la petición de nulidades en cascada de la defensa. Y así, tras varias vicisitudes, el caso llegó a juicio el pasado 18 de mayo con una única prueba válida, la de la primera menor que denunció el caso.

La juez indica que de lo visto y oído en el plenario, donde la presunta víctima no pudo identificar a su acusador, no se puede derivar una sentencia condenatoria con todas las garantías, y absuelve a Guillermo José S.R. de todos los cargos que el fiscal y la acusación particular en nombre de los padres de la única víctima legitimada mantenían contra él.