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Jueves, 1 de enero 1970
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La subida del Impuesto General Indirecto Canario, anunciada por el Gobierno regional, el pasado sábado no será generalizada ni atendiendo a la actual legislación, el Real Decreto 2538/1994, que dicta sus normas de desarrollo. El Ejecutivo regional revisará todos los tipos impositivos y redefinirá qué IGIC pagará cada producto.
Según fuentes de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, muchos de los productos que ahora son considerados de primera necesidad y que cuentan con un tipo cero, es decir no tributan, podrían pasar a tipo reducido del 2%, al nuevo tipo reducido del 3%, o incluso al tipo general del 5%.
«La actual situación económica obliga a revisar las imposiciones a los distintos productos», explican desde el Área económica del Ejecutivo regional. De hecho, insisten en que, en estos momentos, muchos de los productos con calificación de primera necesidad no pueden ser considerados como tal, y viceversa, algunos de los productos con tipo reducido podrían quedar exentos del pago del IGIC.
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