Apartamentos en la zona sur de Gran Canaria. C7

El TS admite el recurso del dueño de un bungaló al que no dejaban usarlo de vivienda vacacional

El alto tribunal va a determinar si la unidad de explotación justifica esta limitación de los propietarios «por el interés general» o no

CANARIAS7

Las Palmas de Gran Canaria

Sábado, 25 de octubre 2025, 07:00

La sala tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por el dueño de un bungaló del sur después de que el TSJC desestimara su posibilidad de recurrir contra el decreto acordado por el presidente de Turismo de Gran Canaria y una sentencia que le impedía continuar con el ejercicio de la actividad de vivienda vacacional.

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El bungaló, como se recoge en el auto, se encuentra en un complejo dado de alta como establecimiento extrahotelero y sobre el que se impone el principio de la unidad de explotación. Es por esta razón que se le indicó al dueño que no cabía concederle la autorización para ejercer como vivienda vacacional «al impedirlo el principio de la unidad de explotación», que busca «profesionalizar el servicio y ofrecer un turismo de calidad, brindando protección al consumidor».

El Supremo, sin embargo, va a tratar de determinar si el principio de unidad de explotación aplicable a las viviendas vacacionales «supone una limitación a la libre prestación de servicios o, por el contrario, encuentra amparo y justificación en razones de interés general», como se recoge en el auto. Desde la Plataforma de Afectados por la Ley Turística (Palt) se aplaude la admisión a trámite del TS porque va a determinar «si el único modelo de comercialización turística de apartamentos y bungalows deba serlo de explotación conjunta y unitaria o si la prohibición del vacacional individual en un apartamento o bungalow es una limitación injustificada a la libre prestación de servicios turísticos», situación que enfrenta desde hace tiempo a los propietarios con el Gobierno de Canarias y el Cabildo.

«Para la PALT, que contra viento y marea ha acompañado a muchos propietarios en este periplo de incomprensión, es un triunfo porque, por fin, se cuestiona el principio de unidad de explotación que como un caballo de Troya ha servido para perseguir a los legítimos propietarios de apartamentos y bungalows», se apunta en un comunicado.

Desde la Palt se señala que el modelo turístico extrahotelero basado en la unidad de explotación «ya sólo se utiliza para enfrentar a los propietarios en los Complejos y para negar artificialmente el derecho de propiedad y la libertad de empresa tiene los días contados».

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