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¿Ha sufrido un retraso? Puede reclamar hasta 600 euros

¿Ha sufrido un retraso? Puede reclamar hasta 600 euros

Solo el 20% de los viajeros que sufre un retraso inicia el proceso para presentar una reclamación

Javier Sheng Pang Blanco

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 16 de agosto 2024, 02:00

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En un mundo en el que el tiempo es uno de los bienes más preciados, sufrir retrasos en los vuelos suele acarrear problemas en el trabajo y pérdidas económicas.

Para Marcos Galán, CEO de Reclamaciones Aéreas Online, minimizar este tipo de daños pasa por conocer correctamente los derechos que tiene el pasajero. En la actualidad, solo el 20% de los viajeros que sufre un retraso inicia el proceso para presentar una reclamación, ya sea por retraso o cancelación en el vuelo, sobreventa o pérdida de equipaje. En el caso de las tres primeras, el funcionamiento es bastante parecido y depende de la distancia en kilómetros con el destino y la duración del retraso en caso de haberlo.

Un retraso es considerado indemnizable a partir de las tres horas, yendo la compensación en base a los kilómetros a recorrer. En el caso de un trayecto inferior a los 1.500 kilómetros, raro para los residentes canarios que salen del archipiélago, la devolución es de 250 euros. Para vuelos entre los 1.500 y los 3.000 kilómetros la indemnización es de 400 euros y de 600 euros para aquellos trayectos de más de 3.500 kilómetros.

Cuando se trate de una pérdida de equipaje, se aplica una normativa distinta, algo más «compleja» según Galán, que señala que al experimentar cualquier tipo de incidencia, el primer paso es acudir al mostrador de la compañía aérea e indicarles que has tenido una incidencia con el equipaje. Posteriormente, la aerolínea enviará un parte de irregularidades (PIR), el cual es indispensable a la hora de presentar la reclamación. «Sin ese documento no se puede reclamar, porque es el que acredita, que se ha puesto a la compañía al tanto de la incidencia con tu equipaje».

En caso de que haya una cancelación y se le reubique en otro vuelo que salga en un día posterior, las aerolíneas tienen la obligación de ofrecer una solución para pernoctar esas noches, costeando todos los gastos en relación al transporte, la comida y el alojamiento, además de la indemnización pertinente.

Galán considera necesario destacar que solo se podrá reclamar una indemnización a la aerolínea por causas que sean responsabilidad de la compañía y no por causas ajenas a ella, como puede suceder en los casos de mala climatología o huelgas de controladores. Lo que si da cabida a la reclamación es cualquier causa imputable a la compañía aérea, ya sea un fallo técnico, retrasos en un vuelo previo o en conexión, siempre y cuando ambos vuelos se operen con la misma aerolínea o una de sus filiales.

Cobrar por el equipaje

Galán considera que cobrar por el equipaje tal y como hacen compañías como Vueling o Ryanair entre otras es a todas luces, abusivo y que lo mejor es «desgraciadamente pasar por el aro» y pagar o de lo contrario las compañías aéreas no suelen dejar viajar pero sin dejar de reclamar. «Recomendamos que paguen en el momento y después reclamen el importe, porque además va a haber una condena en costas al ser una temeridad por parte de las aerolíneas». Para Galán, el hecho de que los afectados no reclamen hace que sea rentable para las compañías continuar con esta práctica abusiva y pagar las multas que cambiar de estrategia.

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