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Resuelva las dudas sobre su factura de la luz

Resuelva las dudas sobre su factura de la luz

La tarifa, la potencia, los descuentos, el bono social y hasta el nombre de la compañía son claves para desenmarañar el complejo sistema eléctrico que nos llega en el recibo a final de mes

Jueves, 14 de enero 2021, 11:03

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Cada vez que la luz se dispara, miles de ciudadanos rebuscan en sus cajones su última factura eléctrica para comprobar cuál es el precio que están pagando, si han asumido algún gasto extraordinario y en qué medida pueden reducir el importe que abonan mensualmente a su compañía. No es fácil. Ni sencillo. El recibo de la luz viene plagado de términos y condiciones con los que no todas las familias están acostumbradas a tratar en su día a día. Estas son las cuestiones clave que hay que tener en cuenta para aclarar el panorama energético en un momento de máximo consumo, como consecuencia del frío invernal, y de precios récord, como los marcados en la última semana, y que han abierto otro frente político en el Gobierno de coalición.

¿Qué tarifa tengo?

Este es el verdadero quebradero de cabeza para los usuarios. El último informe de la CNMC advertía de que hasta un 60% de los consumidores desconocían qué tipo de tarifa tenían contratada con su eléctrica. Y ese desconocimiento se vuelve mayor en etapas de subida de los precios. Existen dos grandes grupos de tarifas: la regulada y las libres. La primera de ellas se denomina técnicamente PVPC (Precio de Venta al Pequeño Consumidor) y es la que cambia día a día (incluso hora por hora) dependiendo de la evolución del mercado mayorista. El otro colectivo de tarifas son las del mercado liberalizado, donde hay más de 200 compañías que ofrecen todo tipo de ofertas, 'pack', planes de pago fijos, servicios adicionales... En la denominación de la factura aparece reflejado el tipo de contrato que tiene.

¿Cuál es la mejor opción?

Es la otra gran pregunta que se hacen los consumidores estos días. No hay tarifas mejores o peores de por sí. Sino contratos que se adaptan a las necesidades de cada hogar. En general, la tarifa regulada (PVPC) resulta más económica que cualquiera de las mejores tarifas libres. Así lo demuestran los datos históricos de facturación, a pesar de subidas puntuales como las que elevan la factura este mes de enero. El problema del PVPC es que el precio del kilovatio/hora (kwh) cambia cada día, con subidas y bajadas durante todo el año. Frente a las tarifas libres, estables, aunque a final de año siempre con un coste mayor. Cada familia debe decidir si prefiere asumir un pago fijo, más elevado, o un coste inferior, con subidas y bajadas cada mes, según sus posibilidades económicas.

¿Y el descuento del bono social?

Las familias que puedan acogerse al bono social solo lo pueden hacer si tienen contratada la tarifa regulada (PVPC), por obligación legal. Se trata de un descuento en la parte del consumo eléctrico (no de toda la factura, sino de una tercera parte de lo que se paga) que va del 25% al 40%, dependiendo de los ingresos familiares y de la situación socioeconómica de cada hogar.

¿Con qué compañía puedo contratar?

Otra cuestión que trae de cabeza a muchos ciudadanos. Si optan por la tarifa regulada (PVPC) solo pueden contratarla con alguna de las cinco grandes eléctricas que están obligadas por ley a ofrecer esta opción. Iberdrola (Curenergia es la denominación oficial), Endesa (Energía XXI), Naturgy (Comercializadora Regulada), Repsol (Regsiti), Total (Baser) y CHC (Comercializador de Referencia Energética). El precio es el mismo en todas y las condiciones, idéntidas, al tratarse de la tarifa regulada. Esas mismas compañías, junto a otras decenas de empresas más pequeñas también ofrecen las tarifas libres, cada una con sus condiciones y características.

¿Puedo cambiar la potencia?

Sí. De hecho, es una de las medidas que recomiendan los expertos energéticos para ahorrar en una parte de la tarifa, la fija, aquella que se abona sí o sí, independientemente del consumo que se realiza. Hasta finales de 2018 era obligatorio cambiar la potencia contratada por tramos amplios. Desde aquel momento, se permite contratar la potencia en tramos de 0,1 kw, desapareciendo los tramos de potencias normalizadas que limitaban la contratación a estos valores siempre que no supere la potencia máxima admisible que consta en el Boletín Eléctrico.

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