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Las comunidades de vecinos ya pueden vetar el alquiler turístico

Las comunidades de vecinos ya pueden vetar el alquiler turístico

El nuevo decreto de Medidas Urgentes en Materia de Viviendas y Alquiler que entró en vigor el 6 de marzo insiste en dar mayor control a los propietarios sobre la actividad de las viviendas vacacionales. Ascav rechaza la imposición de restricciones de una norma que «no es retroactiva»

Viernes, 17 de julio 2020, 04:34

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Las comunidades de propietarios de viviendas han ganado control sobre la actividad del alquiler vacacional que pueda desarrollarse en sus edificios, e incluso pueden prohibirla tras la aprobación del nuevo Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Alquiler, publicado en el BOE del día 5 de marzo y que entró en vigor el 6 de marzo.

El nuevo decreto modifica la Ley de Propiedad Horizontal de tal forma que permite a las comunidades de vecinos limitar o vetar este tipo de arrendamientos en el edificio, siempre que lo apoyen tres quintas partes de los propietarios. Una norma que solo se aplicará a nuevos pisos turísticos y no a los ya existentes porque «no tiene carácter retroactivo». Esta medida, como muchas otras que contempla la nueva legislación, ya estaba previstas en el derogado Real Decreto-Ley 21/2018 de 14 de diciembre de 2018, y que fue derogado unas semanas después al no pasar la votación para su colvalidación en el Congreso de los Diputados.

Por mayoría

Hasta ahora, la prohibición para el alquiler vacacional requería un acuerdo por unanimidad de los propietarios, con lo que un solo voto, el del interesado, bastaba para que su implantación no pudiera ser impedida.

Además, si los vecinos logran ahora una mayoría cualificada de 3/5 partes de la comunidad, pueden exigir a los titulares de estas viviendas dedicadas al alquiler turístico una mayor contribución económica en los gastos generales del edificio.

La norma excluye así los alquileres turísticos de la Ley de Arrendamientos Urbano (LAU) Y el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE), considera positiva, en líneas generales, estas medidas incluidas en el Real Decreto-Ley 7/2019.

Pero matiza que, a su juicio, «se ha perdido una nueva oportunidad de regular los pisos turísticos como una actividad económica, con unos requisitos más exigentes para ejercer esta actividad y con una regulación más homogénea en todo el país que termine con las contradictorias y dispares regulaciones de viviendas de uso turístico en las diferentes comunidades autónomas».

Aumento de precios del aquiler

Los Administradores de Fincas colegiados comparten el diagnóstico que realiza el decreto de las problemáticas sociales que está generando el actual problema de las viviendas destinadas al alquiler, y consideran que esta es la razón fundamental por la que la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos requería «un estudio serio, profundo y sosegado del mercado del alquiler, con el objetivo de introducir medidas que de verdad combatieran la fuerte subida de los precios del alquiler y promovieran un mayor parque público de viviendas para alquiler, fundamentalmente, social».

La Asociación Canaria de Alquiler Vacacional (Ascav) cuestiona de nuevo un real decreto que, como el anterior que finalmente se derogó, avanza en las restricciones a esta actividad. Sus representantes consideran injusto que una mayoría cualificada condicione el ejercicio del alquiler vacional, una limitación que no se aplica «a otras actividades profesionales que generan a su juicio más perjuicios a los vecinos».

Este nuevo Real Decreto-Ley también debe de ser convalidado, en el plazo de 30 días hábiles tras su aprobación, por la Diputación Permanente del Congreso.

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