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La Justicia falla a favor de un propietario y en contra de la sanción de Turismo por el uso residencial de un apartamento
Residencialización de las zonas turísticas

La Justicia falla a favor de un propietario y en contra de la sanción de Turismo por el uso residencial de un apartamento

El juzgado no entra en el fondo y da la razón al propietario por un defecto de forma. Sin embargo, la Plataforma de Afectados por la Ley Turística (Palt) consideran que es un «triunfo» en el conflicto de la residencialización de las zonas turísticas

Silvia Fernández

Las Palmas de Gran Canaria

Lunes, 23 de octubre 2023

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Triunfo 'a medias' para la Plataforma de Afectados por la Ley Turística (Palt), que llevan años reclamando el uso residencial de los apartamentos que se encuentran en las zonas turísticas y que están sujetos por ley a la unidad de explotación (lo que implica la obligatoriedad de ser gestionados por un tercero que lleva el complejo e impide el uso particular).

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha estimado el recurso interpuesto por la ciudadana alemana U.K.K contra una resolución dictada en febrero de 2023 por la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias y por un importe de 2.253 euros por hacer un uso residencial del apartamento que tenía en el edificio Los Aguacates, en Playa del Inglés. Al parecer, la mujer había heredado de su padre un apartamento que habían utilizado como segunda residencia desde hacía 38 años «y de repente se encontraron con la sanción».

El fallo es un triunfo para la Palt porque retira la sanción pero la alegría es contenida, ya que la resolución se sustenta en un defecto de forma y no entra en el fondo del asunto. Es decir, la Justicia no entra a valorar si la propietaria tiene derecho o no al uso residencial del apartamento pero retira la sanción porque el inspector de Turismo no acreditó que efectivamente se estuviese dando el uso residencial.

Según reza en la sentencia, se impuso la sanción por considerarse que se estaba dando el uso residencial a una unidad alojativa que, según el planeamiento tenía que tener uso turístico. «Sin embargo, el hecho que motiva la imposiciónd e la sanción ni siquiera ha sido corroborado por el inspector actuante, basándose (...) en un listado remitido por la comunidad de propietarios en el año 2018 y actualizado en 2021, documento que carece del rigor e imparcialidad que se atribuye a un acta levantada por funcionario correspondiente y que no sirver para desvirtuar el uso consolidado a que se refiere la recurrente (...)», se apunta en los fundamentos de derecho del fallo.

La presidenta de la Palt, Maribé Doreste, afirma que la sentencia alegra al colectivo aunque se sustenta en un defecto de forma y no entra en el fondo. «Podría haberlo admitido y eso no ha sucedido», indica Doreste, que confía en que lo que ha ocurrido en este caso se dé en todos los recursos que tienen puestos en los juzgados los propietarios de viviendas en las zonas turísticas. En este caso, se refieren a los 50 de la urbanización Las Algas, que todos han sido sancionados «y lo peor de todo es que en esta comunidad no existe ni siquiera explotador turístico».

Doreste critica que lo único que se persigue con la imposibilidade los propietarios de utilizar sus apartamentos es que el 'lobby turístico» se perpetúe e impida el reparto de los beneficios del turismo entre todos los canarios.

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