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Las diferencias autonómicas se agravarán al declarar los ERTE en el IRPF

Las diferencias autonómicas se agravarán al declarar los ERTE en el IRPF

Hacienda recuerda que hay que tributar por las cuantías erróneas del paro, salvo que el contribuyente espere al final de la campaña de la Renta hasta que el SEPE regularice su situación

Miércoles, 24 de marzo 2021, 12:35

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La Declaración de la Renta, cuya campaña comienza el próximo 7 de abril, va a suponer un laberinto para una buena parte de los casi cuatro millones de trabajadores que estuvieron en ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) en algún momento del año pasado. A la obligación de presentar la declaración para muchos de los que hasta ahora no tenían que hacerlo se une otra realidad: los contribuyentes que residan en las comunidades autónomas con los tipos impositivos más altos tendrán que regularizar más cuantías en esta liquidación de la Renta frente a los que residen en los territorios con menores impuestos.

Así lo ha señalado Luis del Amo, secretario técnico del REAF-Consejo de Economistas, quien considera una «discriminación» adicional entre los ya de por sí afectados por los ERTE. Durante 2020 a todos los trabajadores en esta situación se les aplicó la misma retención por el desempleo cobrado del SEPE: un 0%. Y la correspondiente por su sueldo bruto anual. Esas retenciones a cuenta son las mismas para toda España (excepto País Vasco y Navarra). Pero ahora, al presentar la Declaración los de las comunidades más gravosas tendrán que pagar más.

En concreto, los tipos más elevados del IRPF (para un ingrseo medio de 30.000 euros al año) se encuentran vigentes en Cataluña, Aragón, Baleares, Asturias, Navarra y Extremadura. En una zona media, Murcia, Andalucía, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Galicia y La Rioja; y con menos imposición en la Renta, Canarias, Madrid y País Vasco.

Para rizar más el rizo, esta situación afectará «de manera especial a las rentas medias y bajas», anticipan desde el REAF. Porque en el caso de los sueldos altos, incorporar los ingresos del paro no supone tantos cambios en su nivel de tributación. Solamente una comunidad autónoma ha establecido una medida para compensar esta situación. Se trata de Cataluña, donde existe una deducción de la cantidad que resulte de la diferencia entre el tipo medio de gravamen autonómico sobre los ingresos percibidos por el ERTE.

Otro de los problemas con los que se pueden encontrar una parte de los contribuyentes está relacionado con los pagos superiores recibidos por parte del SEPE con respecto a las cantidades que realmente les correspondían por su ERTE. Una situación que ha afectado a miles de trabajadores a los que el Servicio Público de Empleo ha ido actualizando esos ingresos en 2020.

Sin embargo, a día de hoy, una parte de esos contribuyentes siguen a la espera de que el SEPE les reclame el dinero que les ingresó de más. Como estamos a las puertas de la Campaña de la Declaración, puede darse la posibilidad de que la Agencia Tributaria no tenga aún actualizados esos datos. Por eso, desde el REAF aconsejan esperar hasta que los sistemas de Hacienda actualicen esos cobros para presentar la Declaración. Y si tiene que ser al final de la campaña, cuando el fisco disponga de esas cuantías regularizadas, mejor. La otra opción sería presentar ahora la Declaración y volver a realizar otra rectificación dentro de unas semanas o meses, con los datos correctos que haya proporcionado el SEPE.

Para esta última opción, Hacienda aconseja que, «si el contribuyente desconoce la cantidad que debe devolver, consulte al SEPE la cuantía exacta o aproximada de esa devolución que debe realizar». Es decir, que quién no tenga esa cifra exacta -no aparecerá reflejada en el borrador del IRPF, salvo que ya se haya devuelto el cobro indebido- ha de tributar por todo lo ingresado en su momento. Después, cuando el trabajador regularice sus prestaciones con el SEPE, deberá reclamar a Hacienda lo tributado de más.

En esta situación se encuentran todos los afectados que no han recibido de momento el requerimiento del servicio público de empleo para regularizar las cantidades cobradas y aquellos que no consigan que el SEPE les aclare cuánto dinero tienen que devolver.

Incluir ingreso mínimo vital

Por otra parte, en cuanto a los 460.000 perceptores del IMV, de los que más de 226.000 son menores de edad, la Agencia Tributaria les recuerda que deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos.

Aunque el IMV en sí mismo es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, sí deben presentar declaración.

Lo que deberá declararse, como rendimientos del trabajo, son las cuantías que superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, Iprem) en el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social, como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CCAA y ayuntamientos. Sólo se debe declarar, y tributar, por ese exceso, precisa Hacienda.

Según la Agencia Tributaria, en la gran mayoría de supuestos, la declaración será «muy sencilla», sin ingresos que incorporar y con cuota cero (ni a ingresar, ni a devolver).

A efectos de la Campaña de Renta, en todo caso, la problemática puede venir dada por el hecho mismo de presentar declaración en el caso de un colectivo que en muchos casos serán nuevos declarantes.

Por ello, la Agencia Tributaria ha diseñado Renta Web de tal forma que el contribuyente podrá, en la gran mayoría de supuestos de IMV, confirmar fácilmente el borrador que le ofrece la Agencia.

Además, en los datos fiscales ya figurará la parte proporcional del IMV que corresponde a cada miembro de la unidad de convivencia. El contribuyente sólo tiene que volcar la información a Renta Web y confirmar la declaración.

En los supuestos donde exista importe sujeto por exceder de la cuantía exenta, toda la información necesaria también se podrá volcar a Renta Web y confirmar de forma igualmente sencilla.

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