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Rebajas en las cuotas para los autónomos que se reactiven

Rebajas en las cuotas para los autónomos que se reactiven

Los 460.000 trabajadores acogidos al cese disfrutarán en verano de una exoneración decreciente entre el 90% y el 25% si vuelven a la actividad

Jueves, 27 de mayo 2021, 15:28

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El Gobierno también aprobó este jueves con acuerdo la prórroga de la prestación por cese de actividad para los trabajadores por cuenta propia hasta el 30 de septiembre. Las condiciones para solicitarlas son muy similares a las actuales y, además, se incluye una novedad: todos los trabajadores por cuenta propia que han estado protegidos entre febrero y mayo, que son casi 460.000, disfrutarán de una rebaja en sus cuotas durante los próximos cuatro meses. Concretamente, la exoneración será del 90% de su cotización a la Seguridad Social en junio, del 75% en julio, del 50% en agosto y del 25% en septiembre. Escrivá replica así el diseño de los ERTE con el que pretende incentivar la reincorporación.

Además, se mantienen las prestaciones extraordinarias vigentes para quienes no pueden desarrollar su actividad con normalidad. Así, podrán acceder a la prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia los autónomos que a 31 de mayo vinieran percibiendo dicha prestación y no hayan agotado los periodos de prestación previstos «siempre que, durante el segundo y tercer trimestre de este año, cumplan con los requisitos». La cuantía será del 50% de la base de cotización mínima que le corresponde en función de la actividad.

Para ello, se les exigirá acreditar en el segundo y tercer trimestre de 2021 una reducción de más del 50% de los rendimientos registrados en el segundo y tercer trimestre de 2019, así como no haber obtenido unos rendimientos netos superiores a 7.980 euros en 2021.

También continúa la prestación extraordinaria por suspensión de actividad, dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia.  La cuantía de la prestación se eleva al 70% de la base mínima de cotización y, además, el autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.

Quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario podrán solicitar una prestación extraordinaria cuya cuantía es del 50% de la base mínima de cotización e igualmente está exonerado de abonar las cuotas y computa como cotizado. Los requisitos son acreditar una caída de ingresos del 50% (los ingresos del segundo y tercer trimestre de 2021 deben ser inferiores a los del primer trimestre de 2020) y no tener unos rendimientos netos computables en esos seis meses de 2021 superiores a 6.650 euros.

Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia que se amplía a siete meses, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el segundo y tercer trimestre de 2021.

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