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Los hosteleros con negocios cerrados sí podrán acceder a la prestación extraordinaria

Los hosteleros con negocios cerrados sí podrán acceder a la prestación extraordinaria

El Gobierno flexibiliza el acceso a esta ayuda para que puedan acogerse a ella los restaurantes y bares que no realicen servicio a domicilio

Martes, 10 de noviembre 2020, 12:54

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Los hosteleros que tengan sus negocios cerrados por las restricciones impuestas en determinadas comunidades autónomas finalmente sí podrán acceder a la prestación extraordinaria por suspensión temporal de la actividad que puede solicitarse desde el pasado mes de octubre. El Ministerio de Seguridad Social ha flexibilizado el acceso de los trabajadores autónomos de este sector, uno de los más afectados en esta segunda ola de la pandemia, a esta ayuda por la que cobran al menos 472 euros al mes y no tienen que pagar sus cuotas a la Seguridad Social.

El departamento dirigido por José Luis Escrivá ha cambiado de criterio después de las críticas recibidas estos últimos días desde la asociación ATA, que denunció que la Seguridad Social se estaba escudando para denegar estas prestaciones a este colectivo alegando que, aunque se había suspendido la hostelería en regiones como Cataluña, Navarra, Galicia, Asturias, Aragón, Murcia o el País Vasco, sí que estaba permitido el reparto de comida a domicilio o de recogida en el propio local.

El artículo 13 del Real Decreto-Ley sobre las ayudas a los autónomos –que fue consensuado con las principales asociaciones del colectivo– indica entre los requisitos para el acceso a esta prestación que los trabajadores por cuenta propia debe estar «afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de una resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus». Como a la hostelería se le permitía realizar servicio a domicilio, las mutuas estaban denegando estas ayudas al no tener paralizada toda su actividad. Sin embargo, desde ahora los hosteleros que no realicen pedidos a domicilio o de recogida en local podrán presentar una declaración responsable para acceder a esta prestación.

Según el presidente de ATA, Lorenzo Amor, el 95% de los bares de estas regiones se encuentran en cierre total, por lo que podrían acogerse a esta ayuda cuya cuantía es el 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada, cantidad que aumenta un 20% si el trabajador es miembro de una familia numerosa, o el 40% si convive con parientes de primer grado con derecho a esta prestación. Además, queda exonerado de pagar las cuotas pero el periodo le cuenta como cotizado. Pero además, todos los autónomos, tanto si realizan actividad a domicilio como si no, pueden solicitar la prestación compatible con la actividad si registran una caída de facturación del 75% respecto al último trimestre del año pasado o del 50% respecto al primer trimestre de 2020, una ayuda que asciende al 70% de la base reguladora, aunque en este casi sí consumen las cotizaciones acumuladas.

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