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Tercer varapalo judicial para Serral y la Sociedad de Promoción

Tercer varapalo judicial para Serral y la Sociedad de Promoción

El magistrado Ramón Jesús Toubes Torres, del Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas de Gran Canaria, condena a la Sociedad de Promoción del Ayuntamiento y a la empresa Serral, organización y gestión de archivos y bibliotecas SL y Fogasa a «la inmediata readmisión» de la auxiliar de biblioteca Ainhoa Henríquez Hernández «con las mismas condiciones laborales que venía ocupando con anterioridad al despido efectuado».

Lunes, 21 de septiembre 2020, 12:38

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El juez, también condena a los denunciados, en esta sentencia fechada el pasado 27 de junio, al «abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar».

Contra este dictamen de Toubes Torres cabe «recurso de Suplicación» ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que tendría que «anunciarse» en el Juzgado de lo Social nº7 «en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta sentencia».

Esta sentencia es el tercer varapalo judicial que recibe la gestión de las bibliotecas municipales de la capital grancanaria, que gestiona la Sociedad de Promoción del Ayuntamiento.

Sin ir más lejos, el magistrado Ramón Jesús Toubes Torres alude en su sentencia la emitida en el Juzgado de lo Social nº9, en la que su compañero Óscar González Prieto también declaraba nulo el despido de un auxiliar, también en la Biblioteca Josefina de la Torre, en la playa de Las Canteras, y ya hablaba de una «cesión ilegal de trabajadores institucionalizada» entre la Sociedad de Promoción y Serral.

Según consta en esta tercera sentencia, Ainhoa Henríquez Hernández fue despedida el 19 de agosto de 2017, tras ser «sancionada el 6 de julio» de ese mismo año «con suspensión de empleo y sueldo de tres días», sanción que fue «confirmada por sentencia de 15-2-2018 del Juzgado de lo Social nº 1», que está recurrida.

La empresa Serral fue la adjudicataria por concurso público del «servicio de auxiliares» en las doce bibliotecas de la capital grancanaria. Ejercen en las mismas un total de 26 auxiliares, de los que «10 están contratados por Serral Organización y 16 por la Sociedad de promoción».

En el segundo punto de los Fundamentos de derecho, la sentencia apunta que «se ejercita acción de nulidad o subsidiaria improcedencia de despido, argumentando como cuestión previa haber sido objeto de cesión ilegal entre las demandadas».

Durante el juicio, apunta el texto del magistrado, «plantea la actora en primer lugar que existió una cesión ilegal siendo la verdadera empleadora la Sociedad de Promoción y Serral un mero instrumento formal».

«Para resolver la cuestión», el magistrado Ramón Jesús Toubes Torres alude a la sentencia del 9 de mayo de este año del Juzgado de lo Social nº 9, «con cuya argumentación coincidimos plenamente».

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