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La principal función de un seguro de vida es la de salvaguardar los ingresos de los seres queridos y del propio asegurado

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SEGUROS

Por qué cualquier persona debería tener un seguro de vida

Estos seguros proporcionan tranquilidad frente a imprevistos como un fallecimiento o una invalidez temporal o permanente

Juanjo Villalba

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Casi la mitad de la población española tiene contratado algún tipo de seguro de vida, según datos de la Asociación empresarial UNESPA, que agrupa a las principales aseguradoras de España. La razón de esto es bien sencilla: los seguros de vida son una herramienta clave para garantizar la estabilidad económica de la familia del asegurado ante eventualidades graves como su fallecimiento o un accidente que lo deje incapacitado para mantener una actividad laboral normal.

Según José Manuel Veiga, director de Seguros de Protección de BanSabadell Seguros, un seguro de vida ofrece “la tranquilidad de saber que, pase lo que pase, una familia va a poder mantener su nivel de vida durante el tiempo necesario para readaptarse a la nueva situación. Un proceso que suele extenderse a lo largo de unos cinco años”.

Cuáles son sus coberturas

Se puede definir un seguro de vida como aquél que ofrece, a cambio de una prima, protección económica en el caso de que el tomador de la póliza fallezca. Su contratación resulta especialmente interesante cuando este es el encargado de traer los principales ingresos al hogar y su desaparición causaría un gran trastorno, emocional y económico, a quienes dependen de él.

Según datos del informe ‘Los fallecimientos indemnizados por el seguro de vida en 2019’, elaborado por la plataforma Estamos seguros, cada año en España, fallecen entre 65.000 y 70.000 personas, cuyos beneficiarios reciben por ello indemnizaciones de seguros de vida. La indemnización media percibida ronda los 40.000 euros.

Ante una eventualidad como una invalidez absoluta y permanente, una enfermedad grave o el fallecimiento, es fundamental contar con un producto de protección como los seguros de vida

Aunque la principal cobertura de cualquier seguro de vida es el fallecimiento, este puede cubrir mucho más. Según Veiga, es igual de importante disponer de la cobertura de incapacidad permanente absoluta, ya que esta “imposibilitaría al afectado seguir desarrollando con normalidad su actividad profesional y personal e incluso puede requerir gastos adicionales para su tratamiento”.

“Están solos ante el peligro, y se exponen en solitario a las circunstancias que puedan sobrevenir“

José Manuel Veiga, director de Seguros de Protección de BanSabadell Seguros

Actualmente, en el mercado existen productos que se intentan adaptar lo mejor posible a las necesidades reales de cada familia. Una póliza, por ejemplo, puede llegar a tener en cuenta si la invalidez o muerte se produce debido a un accidente, lo que aumentaría el montante a recibir. También puede anticipar capital en caso de padecer una enfermedad grave como, por ejemplo, un cáncer, con la idea de que el asegurado pueda costearse tratamientos médicos que tengan un coste prohibitivo o simplemente mantener su nivel de vida si no puede desarrollar su actividad profesional.

Este tipo de coberturas son especialmente interesantes en el caso de los autónomos que, según Estamos seguros, “están solos ante el peligro, y se exponen en solitario a las circunstancias que puedan sobrevenir”. Un seguro de vida es una excelente manera de añadir estabilidad a una figura, la del autónomo, caracterizada por la inestabilidad económica y las bajas coberturas laborales.

Ventajas adicionales de los seguros de vida

Además de todas las ventajas mencionadas, gracias a las coberturas de un seguro de vida, los familiares pueden cancelar deudas, pagar los estudios de los hijos, abonar el Impuesto de donaciones y sucesiones o hacer frente a gastos derivados del fallecimiento como el entierro o la incineración. Desembolsos que, dependiendo del lugar de residencia, pueden resultar muy elevados.

Finalmente, señalar que los seguros de vida disfrutan de ciertas ventajas fiscales especialmente en el caso de los autónomos, que pueden deducirse la cantidad destinada anualmente a pagar la prima de los mismos, hasta un máximo de 500 euros, en el caso de que el tomador y el beneficiario sean la misma persona.