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Juan Francisco Rosa, absuelto, y Gladys Acuña, condenada en el caso Stratvs

Juan Francisco Rosa, absuelto, y Gladys Acuña, condenada en el caso Stratvs

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha resuelto mediante sentencia absolver al empresario propietario de la bodega Stratvs, en Yaiza, del delito de tráfico de influencias, mientras que acuerda condenar a los ocho acusados restantes. En la relación figuran la alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña; así como otros cargos públicos en el momento de adjudicación del permiso; y técnicos, sureños y del Cabildo.

Viernes, 26 de enero 2018, 17:49

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La sentencia absuelve al empresario del delito de tráfico de influencias, al entender que las llamadas telefónicas que recibió del entonces concejal de Urbanismo (Leonardo Rodríguez), fueron inocuas, además de producirse años después de solicitarse la licencia de actividad de la instalación y de que el edil no pudo convencer a los otros cuatro miembros del consejo de gobierno municipal para que obraran torcidamente.

Sin embargo, el TSJC condena a los ocho acusados; mientras que absuelve al ingeniero del Cabildo Manuel Spínola, de delito contra la ordenación del territorio.

Entre los condenados figuran la alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, por los delitos de prevaricación por omisión y contra la ordenación del territorio, por los que se le condena a 14 años de inhabilitación y multa de 12 meses con cuota diaria de 30 euros y al pago proporcional de las costas procesales.

También es condenado el exalcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, por los delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio.

El fallo también ve culpables a los técnicos municipales Vicente Bartolomé y Andrés Morales, de un delito como cooperadores, contra la ordenación del territorio y de prevaricación, al entender que debieron haber informado negativamente sobre los permisos para la bodega.

La Sala declara culpables al exedil Leonardo Rodríguez, y a los antiguos ediles Lorenzo Tavío y Evaristo Pérez del delito contra la ordenación del territorio y los incapacita para ejercer cargo público por un periodo de siete años.

En cuanto al concejal José Antonio Rodríguez, también le condena, por un delito de prevaricación. Y como en los casos anteriores, la condena se refiere a inhabilitación por periodo de siete años.

El fallo rechaza las peticiones del fiscal de que se decrete el comiso de todos los bienes, ingresos de la actividad de la bodega, al no haber condena al empresario Rosa. Tampoco se admite la pretensión de la Fiscalía de decretar la clausura definitiva del complejo, aunque sí se admite declarar la nulidad del acuerdo de fecha 19 de diciembre de 2008, acordado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Yaiza, que autorizó la licencia de actividad de la bodega.

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