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José Francisco Reyes, durante una sesión del juicio, en el Palacio de Justicia de Arrecife. C7

Absueltos Fernández Camero y Reyes, exalcalde de Yaiza

La Audiencia Provincial, que también exculpa a los exfuncionarios Vicente Bartolomé y Antonio Fernández, faculta el acuerdo del abogado con el Consistorio

José R. Sánchez

Yaiza

Martes, 4 de abril 2023, 15:06

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, en sentencia fechada el 31 de marzo, ha decidido absolver a todos los acusados de la vista celebrada en varias fechas de junio de 2022 en el Palacio de Justicia de Arrecife y en dependencias judiciales de Las Palmas de Gran Canaria, por supuestos pagos irregulares al letrado Felipe Fernández Camero, por casi un millón de euros, a cargo del Ayuntamiento de Yaiza.

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De este modo, quedan absueltos el letrado referido, exsecretario de Arrecife que en días será parte central de la vista judicial del caso Jable; José Francisco Reyes, exalcalde; y los exfuncionarios Vicente Bartolomé y Antonio Fernández.

Todos los encausados se exponían a severas condenas de cárcel, atendiendo a la petición planteada por el Ministerio Fiscal, a la que se adhirió la acusación particular de Transparencia Urbanística. Estaban acusados de presuntos delitos de prevaricación, malversación y falsedad.

En la sentencia, contenida en más de un centenar de folios, se considera que «no ha quedado probado» que Felipe Fernández Camero, de quien se recuerda que ejercía como secretario en Arrecife, «idease un plan para, desde al menos el año 1996 y hasta, al menos el año 2012, para satisfacer su ansía de enriquecimiento económico mediante la obtención fraudulenta de fondos del Ayuntamiento de Yaiza», con ayuda de los demás encausados. Y se da por buena la tramitación de 9 de agosto de 1980, con Marcial Calero de alcalde, de cara a contratar al letrado como asesor.

Abonos justificados

En el documento, donde en calidad de ponente figura la magistrada Inocencia Eugenia Cabello Díaz, se hace alusión a los diferentes abonos hechos, cobrados por Fernández Camero de manera directa o a través de la mercantil Adelfas 24, de la que es administrador. Y se valora al respecto que no fueron «desproporcionados o excesivos» los abonos completados por el Consistorio sureño.

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Considera la Sección Primera que «no existía unidad, negociado, sección, departamento o cualquier otra denominación de asesoría jurídica inserta en el organigrama municipal servida por funcionarios de esa corporación», de manera que se da por buena la relación del Ayuntamiento con el abogado contratado. Y se precisa que desde Arrecife se había dado el visto bueno a la compatibilidad de las funciones en la capital con los trabajos de Fernández Camero para Yaiza.

Además, se tiene en cuenta que la relación sirvió para la gestión de diversos titulares de la alcaldía, con especial alusión en este particular a Gladys Acuña, quien logró el bastón de mando tras prosperar una moción de censura contra José Francisco Reyes.

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La decisión que este martes se notificó a las diferentes partes implicadas en la causa aún no es firme. Cabe la posibilidad de anunciar un posible recurso de casación en un plazo de cinco días.

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