El boxeador Kid Telde, absuelto por prescripción de delitos
La Fiscalía pedía cerca de 35 años de prisión por presuntos abusos a menores a los que entrenaba. El fallo estima la tesis planteada por la letrada de la defensa, Soraya del Toro, y determina que los delitos estaban prescritos
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas absolvió al exentrenador de boxeo, Youssef Santana –alias Kid Telde–, de cuatro delitos de abuso sexual, uno de ellos con penetración, cometidos sobre cuatro menores, al entender que los mismos habían prescrito, como así interesó durante la vista oral la letrada de la defensa, Soraya del Toro. Hay que recordar que la Fiscalía Provincial de Las Palmas pidió para el teldense una condena de 34 años y nueve meses de prisión.
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La sentencia considera probados todos los abusos cometidos por el entrenador sobre sus cuatro víctimas y que relataron con detalle en la vista, jóvenes que eran todos alumnos de Kid Telde en el gimnasio que regentó durante décadas en el pabellón Juan Carlos Hernández de Jinámar. Además, determina el fallo que estos cuatro no fueron los únicos puesto que también habían prescrito otros delitos similares que sufrieron más menores que se entrenaron en el gimnasio de José Santana, que era como se llamaba antes de convertirse al Islam. Incluso, la fiscal Inés Herreros llegó a señalar durante el juicio que algunas de sus víctimas se suicidaron como consecuencia de hechos similares a los que fueron juzgados.
Ahora, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha tenido en consideración que en el momento en el que los hechos fueron denunciados –en el año 2013–, los plazos de prescripción ya habían corrido, al tratarse de delitos que prescriben a los cinco años (los de abuso) y a los 10 años (el de agresión sexual). De este modo y entrando en el detalle de los mismos, la primera de las víctimas cumplió los 18 años en abril del año 2002 e interpuso la denuncia el 22 de agosto de 2013, es decir, más de 11 años después de los hechos correspondientes a un posible abuso sexual sin penetración, que tienen como plazo de prescripción de cinco años. En el segundo de los casos, el otro joven cumplió 18 años en mayo de 2001 y denunció también el 22 de agosto de 2013, por lo que pasaron más de 12 años en un delito supuesto de abuso sexual con penetración que tiene un plazo de prescripción de diez años. El tercero de los denunciantes cumplió la mayoría de edad en abril de 2006 y fue a comisaría más de siete años después de haber sufrido un abuso sexual sin penetración, por lo que superó el plazo de cinco años de prescripción del delito. Por último, el cuarto de los alumnos de Kid Telde que sufrió un abuso sexual cumplió 18 años en abril de 2005 y denunció también el 23 de agosto de 2013, es decir, más de ocho años después de los hechos.
Actos ejecutados
A pesar de estas circunstancias, la sentencia –que tuvo como ponente al magistrado José Luis Goizueta Adame– determina en sus fundamentos de derecho que los «actos ejecutados por el acusado» y ocurridos entre los años 1999 y 2004, constituyeron un «ataque contra la libertad sexual» de los menores con «ausencia de consentimiento de las víctimas», expone.
Según los hechos probados, el acusado se ganaba la confianza de sus alumnos y los invitaba a dormir en su casa de Telde, donde ocurrieron los tres delitos de abuso y el de agresión sexual. Todos ellos los cometió sobre jóvenes que acudían a diario a entrenar al gimnasio de Kid Telde en Jinámar, e incluso algunos llegaron a competir.
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Contra este fallo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El mismo interesa que se queden sin efectos las medidas de libertad provisional que se acordaron en su momento contra Youssef Santana.
La sentencia estima la tesis planteada por la letrada Soraya del Toro
Youssef Santana fue uno de los entrenadores de boxeo más importantes del panorama nacional al tener en sus filas a deportistas que consiguieron numerosos títulos nacionales e internacionales. Regentó la escuela de boxeo Kid Telde, que estaba situada en el pabellón Juan Carlos Hernández, de Jinámar, hasta que fue detenido e ingresó en prisión el día 28 de agosto de 2013.
En este procedimiento, el acusado negó en todo momento los hechos y alegó que todo se debía a una venganza que habían organizado en su contra para arruinar su carrera. Todo ello impulsado por los responsables de otro gimnasio que habían montado en Jinámar, según declaró Santana durante la instrucción.
Ya en la vista oral celebrada el pasado día 18 de noviembre, Santana se acogió a su derecho a no declarar y fue su abogada Soraya del Toro –que pertenece al despacho Palomino y Asociados-Abogados– la que expuso, tanto en las cuestiones previas como en su informe final, que los delitos a los que la fiscal Inés Herreros hacía alusión habían prescrito. Esta tesis fue admitida como válida en la sentencia dictada por el tribunal compuesto por los magistrados José Luis Goizueta –ponente, Nicolás Acosta y Pilar Verástegui, pertenecientes a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas.
José Santana comenzó en el mundo del boxeo a los 16 años, cuando empezó a entrenar y a participar en sus primeras veladas como amateur. De forma paralela, se formó como instalador eléctrico industrial, profesión que ejerció hasta la actualidad en el Ayuntamiento de Telde. Al dejar de pelear, se convirtió en uno de los entrenadores y manager más importantes del país.
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