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Imagen de archivo de Isidro Armas, jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana. C7
El Supremo accede a revisar el concurso de tres comisarios de la Policía Local

El Supremo accede a revisar el concurso de tres comisarios de la Policía Local

El Alto Tribunal corrige su propia providencia desestimatoria y admite a trámite el recurso de casación presentado por el jefe de San Bartolomé de Tirajana

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 22 de julio 2021, 01:00

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El Tribunal Supremo acaba de dejar sin efecto la providencia que emitió el pasado 4 de marzo por la que no admitió a trámite el recurso de casación presentado por el actual jefe de la Policía Local de San Bartolomé de Tirajana, Isidro Armas, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que ratificaba las bases del concurso de elección de tres comisarios de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria.

Armas denunció que el proceso selectivo de los tres comisarios se había realizado únicamente por promoción interna y no se había dado la oportunidad de concurrir a otros interesados pues se negó la posibilidad de cubrir las plazas por turno libre. A raíz del aquel proceso selectivo, en 2015 se nombró como comisarios a Carmen Delia Martín Mederos, la actual jefa de la Policía Local de la capital y, en aquel momento, subcomisaria de Tráfico; a Rosa Rodríguez, en estos momentos jefa de Bomberos y en aquel tiempo subcomisaria de Distritos y Playas; y, por último, a José Luis de los Reyes, hoy comisario del Cuerpo General de la Policía Canaria y, entonces, subcomisario de la Unidad Especial-GOIA y Transmisiones.

Los recursos de Armas en primera instancia y en el TSJC fueron tumbados por los tribunales. En junio de 2019, la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestimó las pretensiones del jefe policial del sur de la isla, por considerar que el Ayuntamiento capitalino podía restringir a promoción interna la designación de los puestos de comisarios, al amparo de la norma autonómica.

El Supremo determinará si las plazas a cubrir por promoción interna se deben incluir en la oferta pública de empleo

«Al no ser personal de nuevo ingreso, ni producirse alteración en el número de efectivos, entendemos que no era necesaria una oferta pública de empleo que incluyese las plazas convocadas», sentenciaba el TSJC.

Esto provocó que Armas presentara un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que fue inadmitido mediante una providencia, que fue firmada el pasado 4 de marzo del presente año, por entender que la cuestión versaba sobre la interpretación y aplicación del derecho autonómico, sin infracción alguna de preceptos estatales.

Sin embargo, el recurrente insistió en el Alto Tribunal y formuló una solicitud de incidente excepcional de nulidad de actuaciones que ha sido atendida ahora por la sección de Admisión de la Sala Tercera del Supremo.

Mediante un auto emitido el pasado 7 de julio, esta sección estima el incidente de nulidad promovido por Armas y deja sin efecto la providencia del 4 de marzo.

Esto implica la admisión a trámite del recurso de casación presentado contra la sentencia del TSJC por entender que existe «un interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia», consistente en «determinar si las plazas a cubrir por promoción interna deben incluirse en la oferta de empleo público».

La revisión del Supremo es una pieza más en la partida de ajedrez judicial que rodea a la cúpula policial. Si se produjera la anulación del concurso de comisarios, se daría la circunstancia de que la Policía estaría dirigida por una subcomisaria tras el cese del comisario principal.

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