Ratificada la condena de siete años de cárcel para un hombre por agredir sexualmente a una menor en Las Palmas de Gran Canaria
Los hechos ocurrieron el 9 de marzo de 2021 en el domicilio del encausado
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ratificó este miércoles la condena de siete años de cárcel dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas contra un hombre por agredir sexualmente a su pareja -menor de edad en el momento de los hechos- el 9 de marzo de 2021.
El condenado debe indemnizar a la víctima con el pago de 10.000 euros por los daños causados. También se le impuso la prohibición de acercarse a la joven a menos de 500 metros así como no comunicarse con ella directa e indirectamente por un plazo de 10 años.
La representación de la defensa interpuso un recurso de apelación contra la sentencia dictada en abril de 2025 al entender que las pruebas acordadas y llevadas a cabo durante la instrucción «no eran válidas» y que debían «ser nulas» porque duró más de 12 meses sin una prórroga válida. A lo que el Tribunal falló que podrían ser «irregulares» pero que no afectó al derecho de defensa ni fueron decisivas para condenarlo.
También solicitó la atenuante de dilaciones indebidas, afirmando que el proceso fue demasiado largo. El TSJC rechazó este motivo también porque «el plazo fue razonable», ya que la causa era compleja. Además de señalar que la víctima se encontraba fuera de España.
También añadieron que el informe de ADN fue «inconcluyente» y que la declaración de la afectada tenía contradicciones. El Tribunal Superior falló que la declaración de la víctima fue «creíble, coherente y persistente», ratificada por la prueba pericial: «Existía prueba de cargo suficiente para mantener la condena».
Los hechos probados
En la noche del 9 de marzo de 2021, el encausado estaba con la joven, con quien había mantenido una relación sentimental durante aproximadamente un año, una relación que ella había decidido terminar ese día ya que había decidido irse a vivir a Cuba y alejarse de su novio ya que para ella era una relación «tortuosa».
Ambos se encontraban en el domicilio del condenado, donde mantuvieron primero una relación sexual consentida. Posteriormente, cuando la menor quiso marcharse a su casa, la forzó a mantener nuevamente relaciones sexuales «en contra de su voluntad».
La agredió físicamente, causándole varias lesiones: tres equimosis (hematomas) dorsales en la espalda (dos en el lado izquierdo y una en el derecho), hematomas en la zona pectoral de ambos lados, uno con marcas compatibles con una mordida, un hematoma de 5 cm en el muslo derecho y otro de 1,5 cm en la parte interna del glúteo izquierdo.