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La Audiencia abre una calle de Don Zoilo tras quince años cerrada

La Audiencia abre una calle de Don Zoilo tras quince años cerrada

La Audiencia Provincial ha condenado a la comunidad de propietarios de la urbanización Jardines de Chil a retirar el muro que colocó en 2003 y que aisló a los vecinos de la calle Maestro Rodó. El tribunal considera que la servidumbre de paso por la vía condenada está vigente para personas y vehículos.

Javier Darriba

Jueves, 1 de enero 1970

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La sección tercera de la Audiencia Provincial ha estimado el recurso presentado por varios vecinos del Barranquillo de Don Zoilo contra la sentencia del juzgado de primera instancia 4 que mantenía incomunicados a los residentes de Maestro Rodó. La valla, construida en 2003 por la comunidad de propietarios de la urbanización Jardines de Chil al considerar que la calle era privada, tendrá que ser retirada ahora en virtud de una sentencia que acaba de ser notificada.

La Sala da la razón a los vecinos que hace dieciocho años se opusieron a que los nuevos residentes de la urbanización de chalés los dejaran aislados cerrándoles el acceso por Maestro Rodó. Tras este cierre, el único medio de llegar a sus casas era superando 186 escalones -175 en sentido bajada hasta Párroco Villar Reina, y 91 si se sube hasta Pepe García Fajardo- pero era siempre a pie: ni las ambulancias ni los bomberos podían acceder a ellas en caso de necesidad. En la memoria del barrio todavía está fresca la imagen de algún vecino fallecido que hubo que cargar a hombros hasta la carretera.

La nueva sentencia considera que la escritura pública de 1 de julio de 2002, que hizo la constructora Guaylucky, y que constituía la servidumbre de paso para los propietarios de las casas de Maestro Rodó, «era plenamente válida».

Por eso, considera «nula» la escritura de extinción de la servidumbre de paso otorgada en 2003 por la misma Guaylucky en representación de todos los propietarios de viviendas de la comunidad Jardines de Chil.

El argumento empleado por estos residentes de que existía un desnivel que impedía el ejercicio de la servidumbre de paso «no era motivo de su extinción, sino de suspensión», aclaran los magistrados Ricardo Moyano, José Antonio Morales y Juan José Cobo Plana. Y, por tanto, desde que el Ayuntamiento llevó a cabo las obras necesarias para salvar este desnivel, en 2003, «la utilidad de la servidumbre de paso recobró toda su vigencia». Entonces, el acceso debe ser «plenamente restituido».

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