Juicio al carnaval de Las Palmas de Gran Canaria por el ruido: declara la concejala Inmaculada Medina
La concejala defiende las pantallas antirruido: «había algún cantante que se quejaba y nos pedía que, por favor, se quitaran, porque no le llegaba bien el sonido» | Los vecinos denuncian niveles de ruido seis veces superiores a los límites, pero solo se midieron en 3 de las 11 viviendas de los denuciantes
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 procedió este martes a la práctica de la prueba testifical y pericial en el procedimiento judicial abierto por la denuncia de un grupo de vecinos del Puerto por las molestias por ruido que les generó la celebración del carnaval de Las Palmas de Gran Canaria de 2024 y por lo que reclaman al Ayuntamiento el pago de más de 600.000 euros, a unos 2.000 euros por día y denunciante.
La vista oral se centró en las mediciones de ruido realizadas por los peritos y en las medidas que adoptó el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para reducir a los vecinos las molestias derivadas de la celebración del carnaval, que tuvo lugar en el Puerto, en la plaza de Los Patos, en Manuel Becerra y en el parque de Santa Catalina entre el 25 de enero y el 18 de febrero del año pasado.
La primera en comparecer fue la concejala responsable del carnaval, Inmaculada Medina, quien defendió que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria había decretado la suspensión de los objetivos de calidad acústica, una medida de carácter temporal que permite a las instituciones que determinados actos puedan superar los niveles de ruido permitidos por la norma, siempre que se justifique mediante un estudio acústico específico.
La edila detalló que aparte de esta medida, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria también optó por instalar pantallas amortiguadoras de sonido para que no aumentara el ruido. «Tanto es así que había algún cantante que se quejaba y nos pedía que, por favor, se quitaran, porque no le llegaba bien el sonido», explicó. La edila también argumentó que se planteó colocar los escenarios en diferentes lugares para minimizar los ruidos y que se estudió su orientación para conseguir que las afecciones a los residentes fueran las mínimas.
Además, recordó que se controló el acceso a la Junta de Obras para que solo pasaran los residentes de la urbanización;y que se ofreció una tarjeta de aparcamientos en el estacionamiento que Sagulpa explotaba en el muelle de Sanapú para quienes no podían aparcar.
Inmaculada Medina indicó que durante la celebración de la fiesta solo fue consciente de la queja de una señora mayor a la que se ofreció un alojamiento hotelero alternativo durante la celebración de las noches de carnaval. Yaseguró que se había sido más escrupulosos y estrictos con el cumplimiento de los acuerdos que en el carnaval de 2023.
A preguntas del abogado de los vecinos, Roberto Orive, la concejala de Carnaval reconoció que se está intentado buscar un espacio alternativo al actual para acoger el carnaval. «Tenemos que compaginar el derecho al descanso y la fiesta», expuso, «pero después de las consultas que hacemos, no hay nadie que diga que saquemos las galas y concursos del parque de Santa Catalina». Respecto al circuito carnavalero por Eduardo Benot, defendió su idoneidad por las conexiones con el Parque y las facilidades de movilidad que representa para las mascaritas.
La edila también defendió que siempre prevaleció la seguridad por encima de todo, pese a las denuncias que algunos bomberos hicieron en redes sociales por las dificultades para atender incidentes ante algunos atascos que se generaron en la fiesta.
A preguntas del magistrado Ángel Teba, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria confirmó que todos los limitadores de ruido funcionaron de la misma manera y que no ha habido ningún barrio que se haya dirigido al gobierno para demandar la celebración de la fiesta en sus calles.
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La segunda en someterse al interrogatorio que se celebró este martes fue la gerente de la Sociedad de Promoción de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, María Elena Rodríguez, quien defendió que se contrató a una empresa externa porque el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria carece de medios para desarrollar los informes acústicos. Y defendió que, a partir de ese estudio y de las aportaciones vecinales, se aplicaron todas las medidas
Durante su intervención se produjo un debate jurídico sobre la categorización del carnaval como actividad o evento para ver si es de aplicación a la fiesta la Ley de Actividades Clasificadas (si fuera un evento) o bien se somete a otro tipo de normativa (actividad). También resulta fundamental la interpretación que se haga porque marca el modo en que deben hacerse las mediciones.
Diferentes mediciones de ruido
Para el perito Víctor Mendoza, que hizo las mediciones que sustentan las denuncias vecinales, el carnaval debe ser entendido como una actividad. El especialista determinó que se llegaron a medir hasta 100 decibelios, casi seis veces lo permitido ya que aunque el límite son 60 decibelios, cada seis decibelios más se duplica el nivel de ruido.
Sin embargo, la directora general de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, Tatiana Quintana, advirtió que las mediciones solo se realizaron un día y que no se incluyeron las distintas fuentes de emisión que pudieron entrar en juego en las mediciones. Además, cuestionó que estas mediciones no hubieran tenido en cuenta los objetivos de calidad acústica, esto es, los requisitos para evitar molestias a los vecinos.
El perito reconoció que solo se habían hecho mediciones en tres viviendas: una en La Naval, otra en Juan Rejón y una tercera en Roger de Lauria.
Ante esto, el magistrado preguntó por qué se había medido el ruido en tres viviendas un solo día y, sin embargo, se había pedido una reclamación económica para once inmuebles y durante todos los días que duró el carnaval. El perito respondió que se limitó a cumplir el trabajo asignado, sin verificarse la altura de las viviendas -al menos en algunos casos- o su estado de conservación, que son elementos que pueden tener cierta incidencia en las mediciones.
La parte pericial culminó con la intervención de Pedro Luis Jiménez, el perito que realizó el informe acústico en el que se basó el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para definir los objetivos de calidad acústica.
Este perito fue objeto de tacha por parte del abogado de los vecinos por supuesta carencia de imparcialidad por su «situación de dependencia» contractual con el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Sin embargo, Tatiana Quintana aseguró que no concurre ninguna circunstancia que permita imponer una tacha a este perito ya que se ha limitado a realizar encargos que le ha hecho el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. «No basta con tener una relación contractual» para la imposición de la tacha, señaló.
Ahora el juez deberá liberar un oficio con el que determinará si la tacha es fundada o, por contra, si carece de fundamento.
En su parte declarativa, Pedro Luis Jiménez criticó lo que, en su opinión, fueron algunos fallos de las mediciones del equipo de peritos contratados por los vecinos denunciantes.