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El TSJC reactiva la orden de cierre de la subestación eléctrica de La Cícer

El TSJC reactiva la orden de cierre de la subestación eléctrica de La Cícer

El TSJC ha reactivado la resolución del Ayuntamiento que ordenó la paralización voluntaria, en un mes, de la actividad de la subestación eléctrica de La Cícer. Una nueva sentencia revoca el auto que había dejado en suspenso la decisión municipal y se suma a la cascada de fallos que obligan a desalojar la instalación industrial, dando la razón a la plataforma vecinal.

Javier Darriba

Jueves, 1 de enero 1970

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La asociación ciudadana Recuperar La Cícer ha obtenido una nueva victoria en su lucha por evacuar la subestación eléctrica de la zona. Su petición, compartida por el Ayuntamiento, para que se ejecutara la orden de paralización de la actividad de la eléctrica acaba de ser escuchada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Una sentencia, de 20 de abril, de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha revocado el auto del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 por el que se ordenaba la suspensión cautelar de la orden de precinto.

Al denegar la medida cautelar y estimar los recursos de los vecinos y del Ayuntamiento, se reactiva la resolución municipal número 36.368/2015 que ordenaba «la paralización voluntaria de la actividad en el plazo de un mes, con advertencia de clausura y precinto de la misma en caso de incumplimiento».

La nueva sentencia podrá ser recurrida en casación, bien ante el Tribunal Supremo, bien ante el propio TSJC.

La decisión se suma a la larga lista de victorias obtenidas por la asociación ciudadana Recuperar La Cícer en los últimos veinte años con el fin de forzar el traslado de la subestación eléctrica.

Esta batalla judicial se ha acelerado en los últimos años. Así, en enero de 2015, la Sala certificaba que la estación era «completamente ilegalizable» y en julio decretaba el cierre, respaldando la orden municipal que iba en este sentido.

Ante este panorama, Endesa solicitó en agosto de 2015 la licencia de instalación, apertura, funcionamiento y actualización de las instalaciones eléctricas.

Pero su petición choca con la negativa del Ayuntamiento puesto que la eléctrica carece de título habilitante para el desarrollo de la actividad. Y, por tanto, el Consistorio decretó el cierre que ahora respalda el TSJC.

Los magistrados del TSJC hacen referencia a los «numerosos antecedentes administrativos y judiciales, iniciados en épocas ya lejanas, así como las sentencias firmes de esta Sala» para revocar la suspensión cautelar que evitaba ejecutar la orden de precinto de la subestación, tal y como había decretado el Ayuntamiento de la capital grancanaria.

«Debe ponerse de relieve que el Ayuntamiento, además de actuar respetando las sentencias firmes recaídas (...), representa los intereses generales que deben prevalecer en la ponderación de intereses en conflicto en el caso de autos, a la vista de la carencia de licencia y de la imposibilidad legal de obtenerla, para la ubicación actual de la subestación», máxime cuando esta situación impide un control con garantías.

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