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El Consorcio de Viviendas de Gran Canaria, organismo autónomo del Cabildo que dirige Augusto Hidalgo, abre este viernes el plazo para solicitar sus subvenciones para obras de reparación de primera necesidad en viviendas de personas en situación de vulnerabilidad, que se extenderá hasta el próximo 13 de septiembre, para las que en esta convocatoria de 2024 reserva una partida de 778.500 euros.
Estas ayudas económicas, que en ningún caso superarán los 12.000 euros, se destinan a actuaciones sobre elementos constructivos destinadas a cumplir o mejorar las condiciones de habitabilidad exigidas en la normativa y su concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva y tendrá en cuenta el tipo de intervención requerida y las circunstancias económicas y sociales de los solicitantes.
Además, para lograr una distribución territorial proporcional se prevé que el reparto de las subvenciones por municipio no supere determinados porcentajes, primándose a los que están menos poblados.
Para optar a estas subvenciones los solicitantes tienen que haber percibido ingresos anuales inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), referido a 14 pagas del año anterior, es decir, menos de 25.200 euros.
Ese umbral será de cuatro veces el IPREM de 2023 (8.400 euros en 14 pagas) si se trata de una familia numerosa de categoría general y de cinco veces si es una familia numerosa de categoría especial o alguno de sus miembros tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33% o tuviesen reconocido un grado de dependencia o una incapacidad laboral permanente.
Las personas físicas o unidades de convivencia solicitantes deben ser propietarias, usufructuarias o poseedores del inmueble con autorización del propietario, salvo en concepto de arrendamiento, aunque también podrán pedir la ayuda quienes no siendo dueños del 100% de la vivienda tengan en ella su domicilio habitual con autorización escrita del resto de propietarios.
Además, el inmueble tiene que figurar en el padrón municipal como domicilio habitual desde al menos 6 meses antes de la convocatoria y los solicitantes no pueden haber sido beneficiarios de estas ayudas en la anterior convocatoria del Consorcio.
El plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de 10 meses desde el día en que se efectúe el libramiento de los fondos.
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