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El juez archiva la denuncia por las obras sobre el sol de Tejate

El juez archiva la denuncia por las obras sobre el sol de Tejate

Los técnicos de La Oliva que dieron luz verde a obras en un yacimiento prehispánico de Lajares no cometieron delito de prevaricación. El juez archiva la causa contra ellos ya que cuando se dio la licencia no habían instrumentos normativos para concretar la localización exacta del yacimiento.

David Monserrat y Puerto del Rosario

Viernes, 15 de diciembre 2017, 15:06

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Puerto del Rosario ha archivado la denuncia por la concesión de una licencia por técnicos del Ayuntamiento de La Oliva a un particular para unas obras sobre el yacimiento arqueológico prehispánico de los soles de Tejate, sito en el Malpaís de la Arena, en Lajares.

La Fiscalía de Medio Ambiente investigaba los hechos tras la denuncia ante el Seprona del colectivo ecologista Agonane, que informaba de que el pasado mes de julio las palas mecánicas se habían llevado por delante parte de uno de los dos soles para dar paso a una construcción agropecuaria, en concreto a una gavia.

Pues bien, el auto descarta que los técnicos municipales cometieran delito de prevaricación. La resolución explica que «la solicitud de licencia se realizó por el ciudadano en 2010 y se concedió en 2011». Añade que «el terreno objeto de litis fue calificado como yacimiento en la Carta Arqueológica de la isla en 1994 y esta se incorporó al PIOF en 2001»; y que «en 2007 se encargó al Ministerio de Cultura un estudio detallado de los yacimientos de la isla», pero que «dicho informe se incorpora a los instrumentos del Cabildo en 2015».

Por tanto, aunque sí se sabía que el yacimiento se hallaba en la zona, cuando se concedió la licencia no existía instrumento normativo alguno que determinara con exactitud en qué punto.

Aunque el yacimiento sí figuraba en la Carta Arqueológica «se señalaba como coordenadas, lo que daba lugar a un punto en el mapa y es el trabajo del Ministerio de Cultura el que delimita con coordenadas UMT y, por ende, fija lindes y extensión del yacimiento», dice el auto. Sin embargo, «esos datos no se incorporan a los instrumentos del Cabildo hasta 2015 por lo que en 2010 cuando se solicitó la licencia y en 2011 cuando se concedió solo constaba el PIOF en el que se fijaba el yacimiento mediante una coordenada, [...], sin que se supiera su extensión».

La causa se archiva «por no quedar debidamente justificada la comisión de delito y se basa en que en el momento en que se otorga licencia el yacimiento no había sido objeto de publicación en ningún instrumento normativo», explicó el abogado de los técnicos, Juan Manuel Verdugo.

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