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Asesinos, violadores, maltratadores. Este oscuro elenco, hombres en su gran mayoría, tienen el repugnante honor de formar parte de los peores criminales que existen en el país. Sus actos, atroces e irreparables, les han llevado a la zona más oscura de la existencia: la falta de libertad permanente. Es una figura jurídica reservada para casos extremos en los que la peligrosidad de los condenados es total. La pena de prisión permanente revisable conlleva el cumplimiento íntegro de la pena de privación de libertad durante un periodo de tiempo que oscila entre los 25 y los 35 años, dependiendo si la condena es por uno o más delitos o que se trate de delitos de terrorismo.
El Código Penal establece la prisión permanente revisable para una serie de supuestos concretos, que son, según su artículo 140:
1. El asesinato de una persona menor de dieciséis años, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
2. El asesinato cometido tras la comisión de un delito contra la libertad sexual.
3. El asesinato cometido en el seno de una organización criminal o terrorista.
4. La comisión de más de dos asesinatos por un mismo condenado.
5. El asesinato del rey o de la reina de España, del príncipe o de la princesa de Asturias, de un jefe de Estado extranjero o de cualquier persona internacionalmente protegida por un tratado que se halle en España.
6. Los crímenes de lesa humanidad.
Este joven mató a sus padres y a un abuelo en el domicilio familiar en el que todos ellos residían en Guaza (Tenerife). El acusado les acuchilló en la madrugada del 23 de marzo de 2018, atacándoles cuando estaban acostados en sus respectivos dormitorios. Para el condenado, sus padres merecían respeto por todo lo que habían luchado a lo largo de sus vidas, y porque le ofrecieron casa, ropa, comida y estudios, pero reconoce que nunca le mostraron cariño ni amor, que le humillaban y que solo le confesaron que era adoptado en medio de una discusión y ya siendo mayor de edad.
Durante el juicio, Ricardo incidió en que la noche del crimen consumió un porro para tratar de dormir, pero resultó «imposible». Entonces se levantó «sin controlar absolutamente nada», fue a la cocina, se enfundó unos guantes de látex, agarró un cuchillo de unos 15 centímetros de longitud, según el relato de la Fiscalía, y subió al cuarto de sus padres. Mantuvo durante esos momentos, según ha confesado Ricardo Ortega, una lucha interior «gigantesca» en la que barajó dar marcha atrás, acostarse, dormir, denunciarles más adelante y no convivir con ellos, y evitar así la «locura» que finalmente cometió, según ha reconocido: «ganó la otra parte».
Vivían juntos en la misma casa del barrio de Ofra, en la capital de Tenerife. La víctima, Rosa María, de 60 años y natural de La Palma, tenía reconocida una discapacidad del 62%. En febrero del año 2019, su sobrino, Gonzalo Sánchez, decidió asesinarla después de haberla maltratado brutalmente durante varios días, tal y como confirmó el informe forense. Rosa María tenía numerosas lesiones en la cara, en el tórax, en el abdomen y en los brazos. Además, registró varias hemorragias internas.
El juicio quedó marcado por el duro relato de los forenses, que detallaron que murió de forma «violenta, lenta y agónica». No encontraron ninguna parte en el cuerpo de la mujer que no hubiera sufrido ninguna agresión.
La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife condenó a la pena de prisión permanente revisable a Thomas Handrick, de 45 años, el ciudadano alemán declarado culpable por el conocido como doble crimen de Adeje, en el que empleó una piedra de grandes dimensiones como arma homicida en abril de 2019. Fue condenado a la máxima pena por el asesinato de su hijo mayor, Jacob, de 10 años, además de 23 años de cárcel por el asesinato de su esposa Silvia, y otros 16 por la tentativa de asesinato de su hijo pequeño Jonas, de 7 años, superviviente y único testigo del doble crimen.
Jonas dijo dijo que cuando llegaron a la cueva en la que su padre supuestamente había escondido unos huevos de Pascua, tras realizar una larga caminata, tanto Handrick como su mujer comenzaron a discutir y él empezó a «ensañarse» con ella con la ayuda de una piedra. Contó que la madre estaba en el suelo «con la boca llena de sangre, muy malherida», y que le pareció que «no tenía dientes». Y que cuando el padre empezó a arremeter contra su hermano Jacob, de 10 años, pensó: «el próximo voy a ser yo», y salió huyendo, aunque antes le lanzó una piedra a su padre.
Este terrible hecho tuvo lugar en mayo del año 2018 en el municipio tinerfeño de La Matanza. En su veredicto, el jurado, por unanimidad, estimó que tanto la madre del bebé, de 19 años cuando ocurrieron los hechos, y el padrastro de la niña, de 20 años, tienen la misma responsabilidad en la muerte de la menor, en la que los forenses hallaron, entre otras lesiones, la rotura del hígado.
Los forenses hallaron «incontables hematomas» por todo el cuerpo, marcas de presión «muy fuertes» incluso en órganos profundos o múltiples traumatismos superpuestos y de distinta data conformaron parte del examen externo de los informes. La pequeña murió por la combinación de la rotura de unos 9 centímetros de longitud en el hígado y del posterior fallo multiorgánico, producto de la gran hemorragia que irritó su interior. Un dolor muy fuerte, según dijeron, agravado porque los bebés tienen el umbral del dolor más bajo que los adultos.
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife dictó la primera sentencia emitida en Canarias en la que se condenaba a un acusado a prisión permanente revisable. Se trata del caso de Sergio Díaz Gutiérrez, un joven de 24 años que el 14 de enero de 2016 mató al abuelo de la que entonces era su novia, un conocido y muy querido carnicero del municipio tinerfeño de Icod de los Vinos de 66 años.
Sergio Díaz Gutiérrez fue condenado como autor de un delito de asesinato con alevosía, ensañamiento y víctima especialmente vulnerable en atención a su enfermedad o discapacidad (estaba afectado por un ictus que le impedía defenderse). Aunque el Supremo, en 2019, revocó la condena. Según el alto tribunal, hubo una aplicación indebida de agravante y la sustituyó por una pena de 24 años.
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