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Sociedad

Una familia evita su ruina al acudir al juez mercantil

La Ley Concursal también sirve para aliviar coyunturas personales

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(Foto: canarias7)

Proceso. Imagen de una vista ante el juez de lo mercantil Juan José Cobo (centro) sin relación con el caso al que se refiere la información.

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Antonio F. de la Gándara
Las Palmas de Gran Canaria

Tenían el agua al cuello, pero acudieron al juez de lo Mercantil y han conseguido paralizar, o al menos ralentizar, la presión de sus acreedores. Se trata del primer caso en Canarias en el que una persona física se acoge a la ley concursal.

Una pareja de Las Palmas propietaria de un pequeño negocio con problemas de liquidez ha conseguido paralizar su situación de quiebra inminente al acudir al Juzgado de lo Mercantil y conseguir la declaración de concurso en referencia no sólo a su empresa, sino a su situación personal, según informaron fuentes próximas a los afectados.

Al ponerse en manos del juez, el matrimonio ha logrado paralizar la ejecución de todas sus deudas -ya fueran embargos, ejecuciones hipotecarias u otro tipo de vías de cobro-.

Desde el pasado 15 de abril, fecha en la que el magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil, Juan José Cobo Plana, declaró el concurso tanto de la empresa como del matrimonio, la situación económica de la familia está en manos de una administración concursal formada por un abogado, un auditor de cuentas y uno de los acreedores, y todos los procedimientos contra los bienes de la familia están paralizados.

El proceso no supone la panacea para las personas que caen en la insolvencia, pero sí perfila un más que interesante desahogo para aquellos ciudadanos que, de manera coyuntural, atraviesan una crisis económica que pone en peligro sus bienes.

La declaración de concurso supone un alto que permite al afectado negociar con sus acreedores bajo la tutela judicial, alcanzar un convenio e ir remontando el bache sin la espada de Damocles del embargo de bienes o la ejecución de la hipoteca sobre su cabeza.

La pareja grancanaria no ha descubierto la pólvora. Simplemente, ha sido la primera en Las Palmas que se ha tomado al pie de la letra el artículo 1 de la Ley Concursal, que señala que la declaración de concurso «procederá respecto de cualquier deudor, sea persona natural o jurídica».

El magistrado titular del juzgado de lo Mercantil de Las Palmas, Juan José Cobo Plana, considera que la declaración de concurso es una buena vía para «aflojar la cuerda al cuello» de las personas que se encuentran en una situación de insolvencia coyuntural -alguien que pierde el trabajo pero tiene posibilidades de encontrar otro, un profesional liberal que por cualquier circunstancia (un accidente, una enfermedad) sufre incapacidad temporal para generar ingresos-, pero subraya que en caso de insolvencia absoluta y sin horizontes la fórmula «no sirve para nada».

Algunos jueces no lo aceptan

Según fuentes jurídicas, no todos los juzgados de lo Mercantil del país aceptan sin complicaciones las peticiones de concurso de acreedores de particulares. Mientras en Madrid se han registrados casos similares al de Las Palmas, en otras capitales los jueces no han accedido a intervenir en situaciones familiares críticas.

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