Autoría intelectual
El juicio más televisivo de la historia ha llegado a su fin. Han resuelto los culpables, y los absueltos. Se han unido los hilos que faltaban para componer la terrible película gore que fue el 11-M, aunque en aquella ocasión la realidad superó con creces a la ficción.
Dentro de la marabunta de opiniones vertidas sobre el caso resuelto había una palabra que destacaba sobre las demás, que enseñaba su ambigüedad para confundir, para engañar a una sociedad golpeada que ansiaba saber quién y como asesinó, pero también si se les mintió deliberadamente, no sólo del 12 al 14 de marzo, si no durante tres años más apoyando tesis conspirativas e influenciando a medios de comunicación dóciles a su dogma.
La palabra de la semana, como es evidente, es Autoría Intelectual. Aquella que dicen que falta y por la cual no se esclarece del todo lo sucedido el 11 de septiembre en 2001. Lástima que la figura del autor intelectual no exista en el Código Penal español. Se puede ser autor material de un delito, cómplice, encubridor, cooperador necesario o inductor. Autor intelectual no consta.


