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29/01/2008 Actualizada el 29/01 a las 10:48

Las empresas no están obligadas a ceder datos de descarga musical

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EFE
Bruselas

Las empresas de telefonía no están obligadas a ceder a la asociación de productores y editores de música de España (Promusicae) los datos de sus usuarios de internet que realizan descargas de música, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Los jueces europeos concluyeron hoy que el derecho comunitario "no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor, en el marco de un procedimiento civil".

Sin embargo, los países deben, al adaptar sus normas a las Directivas comunitarias, "basarse en una interpretación de éstas que garantice el justo equilibrio entre los derechos fundamentales protegidos", que incluyen el derecho al respeto a la intimidad y el derecho a la propiedad.

El Tribunal se pronunció así sobre una consulta de un juzgado de lo Mercantil de Madrid, que preguntó a los jueces comunitarios si la legislación de la UE obliga a los países a imponer el deber de comunicar datos personales en el marco de un procedimiento civil para garantizar una protección efectiva de los derechos de autor.

El caso tiene su origen en la petición que Promusicae hizo a Telefónica para identificar a un grupo de usuarios a los que da acceso a internet y de los que la operadora conoce su dirección "IP" (número que identifica una interfaz de un ordenador en una red que usa el protocolo de Internet), fecha y hora de conexión.

Promusicae argumentó que dichos usuarios "están cometiendo actos de competencia desleal y vulneran los derechos de propiedad intelectual", al hacer uso de un programa de intercambio de archivos (Kazaa) y ofrecer archivos de música cuyos derechos de explotación corresponden a los miembros de la asociación.

Telefónica alegó que, conforme a la legislación española, la comunicación de los datos solicitados por Promusicae sólo se podía autorizar en el marco de una investigación criminal o para la salvaguarda de la seguridad pública o la defensa nacional.

Para resolver la cuestión, los jueces han analizado la normativa europea sobre propiedad intelectual, privacidad y comunicaciones electrónicas y protección de datos personales.

El Tribunal recordó que entre las excepciones permitidas por la normativa europea sobre protección de datos personales figuran las medidas necesarias para la protección de los derechos y libertades de otras personas.

La legislación sobre privacidad y comunicaciones electrónicas "no excluye la posibilidad de que los Estados miembros impongan el deber de divulgar datos personales en un procedimiento civil. Pero tampoco obliga a los Estados miembros a imponer tal deber", según un comunicado del Tribunal.

En cuanto a las Directivas en materia de propiedad intelectual, la sentencia precisa que "tampoco obligan a los países a imponer el deber de comunicar datos personales en el marco de un procedimiento civil con objeto de garantizar una protección efectiva de los derechos de autor".

Los jueces concluyen que en este caso es necesario conciliar las exigencias que derivan de la protección de varios derechos fundamentales: el derecho al respeto a la intimidad y los derechos a la protección de la propiedad y a la tutela judicial efectiva.

Los países deben basarse en una interpretación de la normativa europea que "garantice el justo equilibrio entre los distintos derechos fundamentales".

La sentencia concluye que los tribunales nacionales no deben basarse en una interpretación de las directivas que "entre en conflicto con dichos derechos fundamentales o con los demás principios generales del Derecho comunitario, como el de proporcionalidad".

Comentarios de los lectores

5. Tanto los piratas como la SGAE me parecen unos jetas de mucho cuidado. Por cierto, ahora con Qtrax hay muchas descargas gratis y legales. El de inglés 29.01.2008 20:00

4. Que chahi va a ser sentarse aqui y ver el desfile de excusas que la gente usa para justificar robar el trabajo de otros. Si no te gusta Hollywood o te parecen que los musicos y los empresarios cobran demasiado...No compres. A mi no me gustan los Jaguar, pero eso no me da derecho a robar uno. Lo de "compartir" es mentira patetica: Es bajar musica y peliculas sin pagar por los morros. Pepillo 29.01.2008 19:43

3. Que bajen los precios de los Cds y se venderían muchiiiiiiiiiiiiisimmo más, pero claro, es que entoces no ganarían el doble,porque ganar siguen ganando mucha pasta bajando los precios. MARÍA 29.01.2008 19:15

2. Muy Bien, no estan obligados, Ademas para ello los usuarios estamos amparados en la ley de proteccion de datos ¿ok?a ver si se enteran la SGAE esa de una vez, y que sepan que a cada vez que si inventen algo para chapar a los internautas e imponer mas impuestos canon a cds y medios de reproducion,saldran mas medios para optener lo que el internauta quiera,asta que llegue en un futuro la music digital free, musica gratuita en la red y sin animo de lucro. Eduardo jean 29.01.2008 17:39

1. Compartir música es legal. Que no nos engañen los "ramoncines" y amiguetes. SI quieren vender más discos, que bajen los precios, que es ridículo que en España cuesten muchísimo más que en Inglaterra. UnIgnoranteMenos 29.01.2008 14:39

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