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Catalina García
/ Puerto del Rosario
En Monteagudo, Pozo Negro, Jacomar y La Cueva, esto es el conjunto de majadas y lomos que forman el mancomún de Antigua, podrá pastar el ganado de otros municipios. El pleno del Ayuntamiento dio luz verde ayer a la modificación de la ordenanza reguladora de los bienes comunales que legaliza una práctica que se lleva a cabo «desde siempre» entre los ganaderos.
La modificación salió adelante con los votos del grupo de gobierno (Coalición Canaria, Partido Progresista Majorero y PSOE), el voto en contra del Centro Liberal de Antigua (Clan) y Partido Popular (PP) y la abstención de Liberales Demócratas Centristas (LDC). El cambio está condicionado a la efectiva acreditación de la costumbre del aprovechamiento del bien comunal por parte de los vecinos de otros municipios.
El concejal de Agricultura, Ganadería y Pesca, Jesús Cubas, resaltó que la costumbre de aprovechamiento de la zona del mancomún por parte de los ganaderos de otros municipios se ha realizado «toda la vida», por lo que desde la Corporación «no podemos ser ajenos a una realidad». Cubas añadió que el Consistorio pondrá «todos los medios materiales y humanos» con que cuenta para la aplicación de la ordenanza, apoyándose en la colaboración de los comisionados, quienes ejercen varias funciones, relacionadas con la administración ordinaria, el mantenimiento o la conservación de estas zonas de pastoreo.
El bien comunal del municipio se encuentra formado por la unión de los valles de Monteagudo, Pozo Negro, Jacomar y La Cueva, así como terrenos de orografía más llana, situados entre el mar, el término municipal de Tuineje y la Caldera de Gayría, que es monumento natural. Desde tiempo inmemorial, esta zona ha sido empleada para pastos y abrevadero, tanto por los ganaderos de Antigua como por los de otros municipios de la Isla, «dada las óptimas relaciones existentes».
La ordenanza será sometida a información pública durante treinta días, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), para que las personas interesadas formulen las alegaciones y sugerencias oportunas, que serán resueltas posteriormente por el Ayuntamiento de Antigua. La norma establece un límite máximo de 150 animales por ganadero del municipio de Antigua y 50 animales por ganadero empadronado en otro municipio. Mediante resolución expresa y motivada de la Alcaldía o del concejal delegado, podrá ampliarse o reducirse el límite máximo de cabezas.
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